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BOC Nº 044. Viernes 5 de Abril de 2002 - 401

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

401 - DECRETO 27/2002, de 25 de marzo, por el que se reconoce a la empresa pública Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA), la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.

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La Ley 4/2001, de 6 de julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en su Disposición Adicional Segunda señala que las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias previstas en el artículo 5.1.a) de la Ley territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyo capital sea íntegramente de titularidad pública, tendrán la consideración de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, a los efectos de ejecución de obras, trabajos, asistencias técnicas y prestación de servicios que se les encomienden por aquéllas, cuando se le reconozca tal condición por Decreto del Gobierno de Canarias.

Las sociedades mercantiles en cuyo capital la participación, directa o indirecta, de la Administración de la Comunidad o de sus Organismos Autónomos sea mayoritaria tienen la consideración de empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.1.a) de la Ley territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La sociedad mercantil Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA) es una empresa pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con capital íntegramente público, adscrita a la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio.

La necesidad de descentralizar funciones desempeñadas por los departamentos en aras a una mayor extensión de la acción social y económica del Gobierno, aconseja atendiendo al objeto social de la empresa pública Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA), reconocerle la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Comercio y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 25 de marzo de 2002,

D I S P O N G O:

Uno.- Reconocer a la empresa pública Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA), la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, a los efectos previstos en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/2001, de 6 de julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dos.- El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2002.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Román Rodríguez Rodríguez.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y COMERCIO,

Adán Martín Menis.

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