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Visto el Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, concretamente lo dispuesto en su anexo A.1 y en su anexo VIII, E, 10.
Visto el Reglamento (CEE) 3201/1990, de la Comisión de 16 de octubre de 1990, sobre modalidades de aplicación para la designación y presentación de los vinos y mostos de uva.
Visto el Real Decreto 1.679/1999, de 29 de octubre, por el que se establecen las normas básicas reguladoras de los concursos de vinos, tanto oficiales como oficialmente reconocidos que se celebren en territorio del Estado español.
Considerando que la celebración de un concurso oficial de vinos es una herramienta eficaz para la promoción de los vinos de Canarias.
Y en virtud de las competencias atribuidas a este Centro Directivo en el artículo 10.2.C) del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar el Concurso Oficial de Vinos Agrocanarias 2002.
Segundo.- Dar publicidad a las bases que regirán dicho concurso, que figura como anexo de la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Agricultura, a interponer en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, según establece el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones operadas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime oportuno.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 de marzo de 2002.- El Director General de Política Agroalimentaria, Rodolfo Ríos Rull.
A N E X O
BASES DEL CONCURSO OFICIAL DE VINOS
AGROCANARIAS 2002
1.- Se podrán presentar al Concurso Oficial de Vinos Agrocanarias 2002 todos los vinos producidos, elaborados y embotellados en el Archipiélago Canario, procedentes de aquellas bodegas que únicamente elaboren y embotellen vinos de Canarias con indicación geográfica.
2.- La inscripción en dicho concurso será gratuita.
3.- Los vinos presentados tendrán que responder a marcas comerciales presentes en el mercado, correspondiente a la cosecha 2000 ó 2001 y se ajustarán a la legislación y normativa vigente para el sector. Dentro de una categoría con la misma marca se podrán presentar diferentes vinos, siempre que el etiquetado indique diferencias en la elaboración. La muestra presentada procederá de un lote homogéneo, cuyas existencias en bodega serán las siguientes:
a) Para los tipos de vinos de la base 13, apartado a), al menos 5.000 botellas de 750 cc ó 3.750 litros de los cuales habrá embotellado en el momento de la recogida un mínimo de 2.000 botellas, debiendo acreditarse este extremo mediante calificación expresa del Consejo Regulador.
b) Para los tipos de vinos de la base 13, apartado b), serán al menos 1.300 botellas de 750 cc, o 1.950 botellas de 500 cc en el momento de ser recogidas.
4.- El período de recogida de muestras estará comprendido entre el 1 y 2 de abril del presente año, debiendo ponerse en contacto los interesados en participar con el Consejo Regulador de la Denominación de Origen de la comarca vitivinícola a la que pertenezca la bodega o en el caso de los Vinos de la Tierra de La Gomera con la Sección de Fomento de la Calidad, de la Dirección General de Política Agroalimentaria; teléfono (922) 476295 y 477105, fax (922) 475402, los e-mail: igongonrgobiernodecanarias.org
5.- El personal cualificado y autorizado por los Consejos Reguladores será el encargado de coordinar la recepción de las muestras con Denominación de Origen y envío hasta la Sección de Fomento de la Calidad o la Escuela de Capacitación Agraria de Arucas; para los Vinos de la Tierra de La Gomera será encargado de la recogida y envío de las muestras el personal autorizado por la Dirección General de Política Agroalimentaria.
Para poder ser admitida una muestra a concurso deberá encontrarse en los centros de recepción anteriormente citados el miércoles día 3 de abril antes de las 11,00 horas, acompañada por la solicitud de inscripción correctamente cumplimentada.
6.- Se entregarán 6 botellas por muestra; una de ellas se podrá destinar a la realización de análisis químico y/o microbiológico.
En el caso de que los vinos presentados respondan a v.c.p.r.d., el Consejo Regulador entregará junto a la solicitud y boletín de análisis facilitado por la bodega, un certificado en el que se haga constar que el peticionario cumple con las bases establecidas para este concurso.
En el caso de los Vinos de la Tierra de La Gomera, el personal autorizado para la recogida de la muestra, retirará de la bodega y elegidas al azar 6 botellas representativas de la partida y levantará acta en la que se haga constar que la citada partida cumple con las bases del concurso, además adjuntará al acta la solicitud de inscripción y boletín de análisis que le entregue la bodega.
El modelo de solicitud presentado en cualquiera de los casos será el facilitado por la organización (base 17) y el boletín de análisis incluirá, al menos, las siguientes determinaciones:
a) Grado alcohólico a 20 grados centígrados: vol%.
b) Azúcares reductores: g/l.
c) Acidez total: meq/l.
d) Acidez volátil: meq/l.
e) Dióxido de azufre (SO2) total: mg/l.
7.- El calendario de las catas será el 9 y 10 de abril de 2002 en la Escuela de Capacitación Agraria de Arucas de Las Palmas de Gran Canaria en el municipio de Arucas, las sesiones de cata comenzarán a las 16,00 pm el día 9 y el día 10 a las 11,00 a.m.
8.- La cata de los vinos participantes será pública y se realizará por el sistema denominado de "cata ciega". El Jurado calificador utilizará la ficha de la Oficina Internacional del Vino (OIV) adaptada por el Instituto Nacional de Denominaciones de Origen (INDO). Para la obtención de la puntuación final de cada muestra, se calculará la mediana de las puntuaciones emitidas por los catadores, en caso de empate se valorará teniendo en cuenta la media.
9.- Los catadores serán un mínimo de siete y pertenecientes al Comité de Calificación de Vinos de Canarias.
10.- El tribunal estará compuesto por un presidente, un secretario, un director técnico y al menos un vocal que represente a los Consejos Reguladores, las organizaciones agrarias profesionales, el sector de la hostelería y/o representante de los medios de comunicación.
11.- Según la normativa vigente, los vinos que resulten premiados podrán utilizar el distintivo oficial del premio para el lote presentado.
12.- Si se detectase anormalidad en los análisis se descalificará el vino afectado, ocupando su puesto el siguiente clasificado.
13.- Tipos de vinos y premios.
Los tipos de vinos serán los siguientes:
a) 1.- Vinos blancos secos jóvenes.
2.- Vinos tintos jóvenes.
b) 1.- Vinos blancos dulces.
Los premios serán:
Para los tipos de vinos del apartado a):
Una Gran Medalla de Oro y Diploma Acreditativo: vinos con una puntuación de 0 a 15.
Dos Medallas de Oro y Diplomas Acreditativos: vinos con una puntuación de 16 a 25.
Dos Medallas de Plata y Diplomas Acreditativos: vinos con una puntuación de 26 a 35.
Para los tipos de vinos del apartado b):
Se otorgará una distinción especial, siempre y cuando se obtenga una puntuación inferior a 25 puntos.
14.- Se declararán desiertos los premios correspondientes a los tipos de vinos en los que participen menos de cinco vinos, se declararán, así mismo, desiertos los premios en los que los vinos obtengan una puntuación superior a las puntuaciones establecidas para cada premio.
15.- La Organización o Jurado calificador que se constituya al efecto rechazará las muestras que no cumplan con las bases establecidas o con la normativa vigente en materia de elaboración o denominación del vino quien lo comunicará de forma inmediata al bodeguero y/o Consejo Regulador correspondiente.
16.- Para lo no previsto en las presentes bases, el Jurado calificador se ajustará a lo dispuesto en las normas internas del concurso y a lo que dispongan por unanimidad los miembros del Jurado.
17.- Solicitud de inscripción.
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