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BOC Nº 025. Viernes 22 de Febrero de 2002 - 233

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

233 - ORDEN de 6 de febrero de 2002, mediante la que, en ejecución de Sentencia, se modifica la Orden de 20 de marzo de 1998 (B.O.C. nº 37, de 25.3.98), por la que se adjudican definitivamente los puestos convocados por concurso de traslados para el personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Orden de 6 de marzo de 1997 (B.O.C. nº 32, de 10.3.97).

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de la Función Pública y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Sentencia firme de 26 de noviembre de 1999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se reconoce a D. Francisco Javier Suárez Santana, personal laboral de la Administración Autonómica, el derecho a participar en el concurso de traslados convocado mediante Orden de 6 de marzo de 1997 (B.O.C. nº 32, de 10.3.97) c.e. B.O.C. nº 86, de 4.7.97), concurso del que había sido excluido mediante Resolución de 24 de noviembre de 1997, de la Dirección General de la Función Pública (B.O.C. nº 160, de 12.12.97).

Dicho concurso está incluido dentro del marco de actuaciones del Plan de Empleo Operativo, sobre provisión definitiva de plazas vacantes reservadas al personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias (Decreto 22/1997, de 20 de febrero; B.O.C. nº 38, de 24.3.97).

Segundo.- A efectos de dar cumplimiento a la referida sentencia, y puesto que el concurso ya había sido resuelto mediante Orden de 20 de marzo de 1998, se convoca a la Comisión de Evaluación y Valoración para que, antes de hacer efectivo dicho concurso, eleve propuesta de adjudicación a la Dirección General de la Función Pública, y proceder a la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La Comisión de Evaluación y Valoración del concurso de traslados, en su reunión de 24 de marzo de 2000, acuerda aceptar la renuncia del trabajador a la plaza que solicitó en primer lugar, y adjudicarle la plaza de Titulado Superior solicitada en segundo lugar, con nº R.P.T. 081205003 (nº actual: 061306003).

Asimismo, en su reunión de 26 de noviembre de 2001, acuerda elevar a la Dirección General de la Función Pública propuesta de corrección de errores de la Orden de 20 de marzo de 1998, adjudicándole a D. Francisco Javier Suárez Santana la plaza nº 081205003.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- Las Administraciones Públicas tienen la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza, tal y como disponen los artículos 118 de la Constitución Española y 17. 2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Segundo.- De conformidad con la base octava del concurso de traslados convocado por Orden de 6 de marzo de 1997, la adjudicación definitiva de puestos se realizará por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales (actual Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica), que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

En consecuencia, visto el Informe-Propuesta formulado por la Dirección General de la Función Pública; en ejecución de la Sentencia de 26 de noviembre de 1999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias; y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar la adjudicación definitiva del puesto de trabajo de Titulado Superior, con nº R.P.T. 081205003 (nº actual 061306003), al trabajador D. Francisco Javier Suárez Santana.

Segundo.- Modificar la Orden de 20 de marzo de 1998 (B.O.C. nº 37, de 25.3.98), por la que se adjudican definitivamente los puestos convocados por concurso de traslados mediante Orden de 6 de marzo de 1997, e incluir en el anexo de la referida Orden la adjudicación definitiva de la plaza nº R.P.T. 081205003 (nº actual 061306003) a D. Francisco Javier Suárez Santana.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer reclamación previa a la vía laboral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 120, 121 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de febrero de 2002.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

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