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BOC Nº 022. Viernes 15 de Febrero de 2002 - 208

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

208 - ORDEN de 6 de febrero de 2002, por la que se delega en la Secretaría General Técnica el ejercicio de la competencia en materia de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal.

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La competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal conforme a lo establecido en el artículo 36.2, apartados a), b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y anexo I, apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 2 de la Ley 9/2001, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2002, está atribuida por la citada Ley 9/2001, de 28 de diciembre, en su artículo 14.1.b) a los titulares de los departamentos.

Existiendo circunstancias de índole técnica que lo hacen conveniente, produciéndose mayor agilidad en la modificación de los créditos.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Secretaría General Técnica el ejercicio de la competencia para autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal a los que se refiere el artículo 14.1.b) de la Ley 9/2001, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2002.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de febrero de 2002.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

Pedro Rodríguez Zaragoza.

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