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BOC Nº 019. Viernes 8 de Febrero de 2002 - 159

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

159 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 25 de enero de 2002, por la que se hace pública la selección de los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia de 15 de noviembre de 2000.

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Terminadas las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales (Grupo A) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de 15 de noviembre de 2000 (B.O.C. nº 152, de 20.11.00), y vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador, esta Dirección General, según lo previsto en la base 12.2 de las que rigen las pruebas mencionadas,

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar la relación definitiva de los aspirantes que han superado las pruebas, con la puntuación total obtenida, y que se relaciona a continuación:

Ver anexos - página 2145

egundo.- En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, los aspirantes seleccionados deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública instancia acompañada de la siguiente documentación:

a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1.A.d) de la citada convocatoria.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes seleccionados que ostenten la condición de funcionarios de carrera de esta Comunidad Autónoma, solamente deberán presentar la documentación relativa a titulación o estudios académicos.

Tercero.- Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que el aspirante carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, a criterio de los interesados, podrán interponer en vía administrativa el recurso potestativo de reposición, ante esta Dirección General, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 2002.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

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