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BOC Nº 019. Viernes 8 de Febrero de 2002 - 158

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

158 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 17 de enero de 2002, por la que se da publicidad a las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Interventor, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (provincia de Santa Cruz de Tenerife).

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (provincia de Santa Cruz de Tenerife), para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Interventor, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante oficio de la Concejalía-Delegada de Personal del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, de fecha 11 de enero de 2002 (Registro de Salida nº 946), se remitió certificación del Decreto de la Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, de 8 de enero de 2002, por el que se aprobaron las bases que han de regir la convocatoria pública para la provisión del puesto de Interventor de la Corporación y se convoca el procedimiento de provisión referido dando traslado de dicha convocatoria a este Centro Directivo para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y remisión a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas.

2º) Mediante Resolución de esta Dirección General, de 31 de enero de 1996, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 24, de 23 de febrero de 1996, se clasificó el puesto objeto de la presente convocatoria como puesto a proveer por el sistema de libre designación.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 28.2 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que la convocatoria de puestos para su provisión por libre designación corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión a la Dirección General de la Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en que ha sido publicada. El citado Centro Directivo dispondrá la publicación, cada mes y con carácter regular, del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Segunda.- Corresponde a esta Dirección General el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, número 2, letra f), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto 116/2001, de 14 de mayo (B.O.C. nº 64).

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Único.- Dar publicidad a la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Interventor, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, cuyas bases, aprobadas por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 8 de enero de 2002, se transcriben a continuación:

"Bases que han de regir la convocatoria pública para la provisión del puesto de Intervención de esta Corporación.

Primera.- Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto proveer mediante el procedimiento de libre designación el puesto de Intervención del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna.

Funciones esenciales: dirección administrativa de las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria de la Corporación, en los términos señalados en el Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre, regulador del Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, así como la dirección de los servicios económicos de la Corporación.

- Nivel de Complemento de destino: 30.

- Complemento Específico: 26.531,10 euros.

- Tipo de puesto: Singularizado.

- Forma de provisión: libre designación.

- Grupo: A.

- Escala: Habilitación de carácter nacional.

- Subescala: Intervención-Tesorería.

Segunda.- Aspirantes.

Podrán participar en la convocatoria los funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Superior, así como los funcionarios, Interventores, no integrados en las actuales Subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos o Escalas de Interventores de Administración Local a que se refiere la Disposición Transitoria Primera 2.e) del Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre.

No podrán participar:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

c) Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que lo hagan a puestos reservados a su Subescala y categoría en la misma Corporación o se encuentren en los supuestos a que se refiere el apartado 1.f) del artículo 20 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Tercera.- Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.

Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Sra. Alcaldesa acompañando a las mismas el currículum vitae, la documentación justificativa de los requisitos requeridos, la acreditación de los méritos alegados, que han de ser los que correspondan a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, así como una declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria, recogidas en la base segunda.

Cuarta.- Resolución.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes la Sra. Alcaldesa procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de la Función Pública para anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido.

Quinta.- Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo en la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta, tal y como establece el artículo 23 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio."

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de enero de 2002.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

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