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BOC Nº 015. Viernes 1 de Febrero de 2002 - 121

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

121 - Dirección General de Promoción Educativa.- Resolución de 15 de enero de 2002, por la que se convoca la realización de las pruebas extraordinarias para la obtención del título de Graduado Escolar en el año 2002.

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La Orden de 28 de abril de 1999, por la que se establecen normas para el desarrollo del calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo para la Educación de Personas Adultas en Canarias (B.O.C. nº 65, de 21.5.99), establece en su artículo 1.3 que los Centros de Educación de Adultos podrán organizar actividades formativas que faciliten a las personas adultas la obtención del título de Graduado Escolar y, en su artículo 2.2, que dicha prueba tomará como referente los objetivos terminales recogidos en las Orientaciones Pedagógicas para la Educación Permanente de Adultos establecidos en la Orden Ministerial de 14 de febrero de 1974 (B.O.E. de 5 de marzo de 1974).

En virtud de las competencias otorgadas por el artículo 6 de la Orden de 28 de abril de 1999, lo establecido en el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (B.O.C. nº 122, de 16.9.91), y lo previsto en el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 161, de 9.12.91),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar la realización de las pruebas extraordinarias para la obtención del título de Graduado Escolar para el año 2002 en las siguientes fechas:

- 4 y 5 de marzo de 2002.

- 11 y 12 de junio de 2002.

Segundo.- Para la calificación de las pruebas que se realicen en el ejercicio 2002 se constituirá una Comisión Evaluadora en cada uno de los Centros de Educación de Adultos que a continuación se relacionan:

Provincia de Las Palmas:

Centro de Educación de Adultos de Agüimes-Ingenio.

Centro de Educación de Adultos de Arucas-Firgas.

Centro de Educación de Adultos de Gáldar.

Centro de Educación de Adultos de Jinámar.

Centro de Educación de Adultos de La Aldea.

Centro de Educación de Adultos de Las Palmas-Ciudad Alta.

Centro de Educación de Adultos de Las Palmas-Cono Sur.

Centro de Educación de Adultos de Las Palmas-Tamaraceite.

Centro de Educación de Adultos de Las Palmas-Venegas.

Centro de Educación de Adultos de Mogán.

Centro de Educación de Adultos de San Bartolomé de Tirajana.

Centro de Educación de Adultos de Santa Brígida.

Centro de Educación de Adultos de Telde-Casco.

Centro de Educación de Adultos de Telde-La Rocha.

Centro de Educación de Adultos de Teror.

Centro de Educación de Adultos de Valsequillo.

Centro de Educación de Adultos de Vecindario.

Centro de Educación de Adultos de Fuerteventura-Norte.

Centro de Educación de Adultos de Fuerteventura-Sur.

Centro de Educación de Adultos de Lanzarote.

Provincia de Santa Cruz de Tenerife:

Centro de Educación de Adultos de Acentejo-Tacoronte.

Centro de Educación de Adultos de El Tejar (Puerto de la Cruz).

Centro de Educación de Adultos de Guía de Isora.

Centro de Educación de Adultos de Güímar.

Centro de Educación de Adultos de Icod de los Vinos.

Centro de Educación de Adultos de La Guancha-San Juan de la Rambla.

Centro de Educación de Adultos de San Cristóbal de La Laguna.

Centro de Educación de Adultos de Tejina.

Centro de Educación de Adultos de Valleseco (Santa Cruz de Tenerife).

Centro de Educación de Adultos de El Hierro.

Centro de Educación de Adultos de La Gomera.

Centro de Educación de Adultos de La Palma.

Tercero.- La Dirección General de Promoción Educativa podrá proceder, por circunstancias excepcionales, a la redistribución del alumnado inscrito cuando las necesidades de los Centros así lo requieran.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de enero de 2002.- La Directora General de Promoción Educativa, Isabel de Luis Lorenzo.

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