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BOC Nº 168. Viernes 28 de Diciembre de 2001 - 1839

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

1839 - ORDEN de 18 de diciembre de 2001, por la que se modifica la Orden de 22 de enero de 1999, sobre el ejercicio del control financiero por la Intervención General en determinados órganos territoriales del Servicio Canario de la Salud.

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Mediante Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, se creó el Servicio Canario de la Salud como organismo autónomo encargado de la ejecución de la política sanitaria y de la gestión de las prestaciones y centros, servicios y establecimientos de la Comunidad Autónoma de Canarias encargados de las actividades de salud pública y asistencia sanitaria.

De conformidad con lo establecido en la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de Canarias, y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General, aprobado por Decreto 28/1997, de 6 de marzo, corresponde a la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias ejercer las funciones de control interno de la gestión económico-financiera del sector público autonómico, aplicable, por tanto, al Servicio Canario de la Salud.

Por Orden de 22 de enero de 1999 se estableció el control financiero de carácter permanente, en sustitución de la función interventora, a los hospitales y demás centros sanitarios adscritos a la Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote y a la Dirección de Área de Lanzarote, cuyos resultados aconsejan restablecer la aplicación de la modalidad de función interventora para el control de dichos centros.

En su virtud, a propuesta de la Intervención General,

D I S P O N G O:

Primero.- Restablecer el ejercicio de la función interventora respecto a la actividad económico-financiera de los hospitales y demás centros sanitarios adscritos a la Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote y a la Dirección de Área de Lanzarote, en sustitución del control financiero de carácter permanente establecido mediante Orden de 22 de enero de 1999, con efectos desde el 1 de enero de 2002.

Segundo.- Se faculta a la Intervención General para la aplicación y desarrollo de la presente Orden.

Tercero.- La presente Orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2001.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y COMERCIO,

Adán Martín Menis.

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