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BOC Nº 162. Lunes 17 de Diciembre de 2001 - 4550

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Audiencia Provincial de Málaga. Sección Séptima. Sede en Melilla

4550 - EDICTO de 19 de noviembre de 2001, relativo al fallo de la sentencia recaída en el Procedimiento Abreviado nº 425/97.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN.

En el presente Rollo de Sala nº 5/01, procedente de la Causa: Procedimiento Abreviado nº 425/97, dimanante del Juzgado de Instrucción nº 1 de Melilla, se ha dictado sentencia con fecha 3 de octubre de 2001, contra el acusado, Hassan Hazdad al tenor literal de la misma, contiene el siguiente FALLO: "Que debemos condenar y condenamos a Hassan Hazdad, como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública de los artículos 368 y 369.3 del Código Penal de 1995, de sustancias no gravemente dañinas para la salud y en su modalidad de cantidad de notoria importancia, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de colaboración con la acción de la justicia prevista en el artículo 376; a la pena de un año y seis meses de prisión, multa de tres millones (3.000.000) de pesetas, con 15 días de arresto sustitutorio en caso de impago, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y abono de un tercio de las costas causadas en este juicio, y debemos condenar y condenamos a Mohamed Abdelaziz Salah y Hassan Abdelaziz Salah, como autores criminalmente responsables de un delito contra la salud pública, de los artículos 368 y 369.3 del Código Penal de 1995, de sustancias no gravemente dañinas para la salud y en su modalidad de cantidad de notoria importancia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; a la pena de tres años y un día de prisión, y multa de tres millones (3.000.000) de pesetas, con 15 días de arresto sustitutorio en caso de impago, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y abono de un tercio de las costas causadas en este juicio.

Les abonamos a los condenados para el cumplimiento de la condena la totalidad del tiempo de privación de libertad por esta causa.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas indicándoles que la misma no es firme y contra ella procede interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que podrá prepararse mediante escrito que se presentará en el plazo de cinco días a partir del día siguiente a la última notificación ante este mismo Tribunal.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se elevará testimonio al Rollo de Sala correspondiente, la pronunciamos, mandamos y firmamos".

Y para que conste, y sirva de notificación al acusado Hassan Hazdad, actualmente en paradero desconocido, expido y firmo la presente.

Melilla, a 19 de noviembre de 2001.- La Secretario, Clara Peinado Herreros.

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