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BOC Nº 156. Lunes 3 de Diciembre de 2001 - 1729

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1729 - ORDEN de 28 de septiembre de 2001, por la que se otorgan subvenciones para fomento y gestión sostenible de montes privados para el año 2001.

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Visto el Reglamento (CE) 1.257/1999 del Consejo, de 17 de mayo, por el que se estableció un régimen comunitario de ayudas al desarrollo rural a cargo del FEOGA, persiguiendo entre sus finalidades y, de conformidad con los artículos 29 y 30 del citado Reglamento, el alcanzar una restauración forestal que derive en la implantación de masas forestales adecuadas a los ecosistemas canarios, contribuir a la corrección de los graves problemas de erosión que afectan a numerosos puntos de la geografía de las islas, favorecer el desarrollo de ecosistemas forestales y conservar el valor biológico y económico del patrimonio forestal.

Visto el Programa Operativo Integrado de Canarias 2000-2006 aprobado por la Comisión Europea con fecha 22 de febrero de 2001, que establece el Régimen de Ayudas destinada a acciones de desarrollo y ordenación de los bosques, y en el que tienen cabida un conjunto de acciones relativas al medio forestal y conservación de la biodiversidad y del patrimonio natural.

Visto que en dicho Programa Operativo se determina que la contribución presupuestaria a esta medida se deberá llevar a cabo por la Comunidad Autónoma de Canarias y la Administración General del Estado.

Vista la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio de 8 de marzo de 2001, por la que se desarrolla el artículo 3 del Decreto 157/1998, de 10 de septiembre, de medidas acerca de la gestión de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión de la Unión Europea, y se complementa la disposición primera de la Orden de 14 de enero de 1999, de desarrollo del mismo.

Vista la Orden de este Departamento de 1 de agosto de 2001, donde se determinan las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de subvenciones para el fomento y gestión sostenible de montes privados para el año 2001 (B.O.C. nº 104, de 10 de agosto), con cargo a las aplicaciones presupuestarias: 01.12.04.442E.770.21, proyecto 99.712.902 "Acciones de desarrollo y ordenación de los bosques en zonas rurales (Feoga-Orientación)", y 01.12.04.442E.770.21, proyecto 01.712.902 "Gestión de montes privados (Mimam-Madrid)". En virtud de lo dispuesto en la misma, las subvenciones podrán ser otorgadas a personas físicas o jurídicas de derecho privado titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo sobre montes privados.

Visto el Informe elevado por el Jefe de Servicio de Impacto y Restauración Ambiental, con el visto bueno de la Viceconsejera de Medio Ambiente, en el que se realiza una propuesta de beneficiarios de estas subvenciones.

Visto el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta la Memoria-Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente, en su virtud,

D I S P O N G O:

Primero.- Otorgar subvenciones genéricas a los siguientes beneficiarios y con los siguientes destinos, autorizándose el gasto con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: 01.12.04.442E.770.21, Proyecto de Inversión 99.712.902 y 01.12.04.442E.770.21, Proyecto de Inversión 01.712.902.

Nº 1

Beneficiario: Palmira Naranjo Suárez.

Actuación: desbroce selectivo de 3,45 ha y arreglo de pista en la Montaña de Hoya Niebla.

Localización: Telde.

Cantidad total concedida: 385.993 pesetas (2.319,8646 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 19,08%.

Nº 2

Beneficiario: Antonio Gustavo Báez Pérez.

Actuación: desbroce y tratamiento selvícola combinado de eucalipto en la finca "Lomo Obrero" de 13,96 ha.

Localización: Firgas.

Cantidad total concedida: 1.277.912 pesetas (7.680,4058 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 44,12%.

Nº 3

Beneficiario: Comunidad de Bienes Herederos de D. José Samsó Henríquez.

Representante: Carmelo Honorio Díaz González.

Actuación: poda de castaños y tratamiento selvícola combinado en la finca "La Solapilla" de 69,35 ha.

Localización: Santa María de Guía.

Cantidad total concedida: 8.624.057 pesetas (51.831,626 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 74,89%.

Nº 4

Beneficiario: Comunidad de Bienes Herederos de D. José Samsó Henríquez.

Representante: Carmelo Honorio Díaz González.

Actuación: desbroce, repoblación y tratamiento selvícola combinado en el pinar de repoblación de la finca"Cortijo de Tamadaba" de 229,69 ha.

Localización: Agaete.

Cantidad total concedida: 17.928.740 pesetas (107.753,89 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 82,48%.

Nº 5

Beneficiario: Campo de Golf "El Salobre", S.A.

Representante: José Julio Artiles Moragas.

Actuación: instalación de vivero de plantas forestales.

Localización: San Bartolomé de Tirajana.

Cantidad total concedida: 3.699.793 pesetas (22.236,203 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 92,94%.

Nº 6

Beneficiario: Pinar Canario Pinarca, S. Cooperativa.

Representante: Antonio Morales Cano.

Actuación: adquisición de vehículo todoterreno.

Localización: El Hierro.

Cantidad total concedida: 1.000.000 de pesetas (6.010,121 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 20%.

Nº 7

Beneficiario: Basilio Pérez Moreno.

Actuación: desbroce selectivo, tratamiento selvícola combinado y mantenimiento de pista en la finca "La Jacoba" de 68,12 ha.

Condicionante técnico: se realizará un tratamiento selvícola combinado de clareo y poda sobre la superficie de 0,5 ha. La clara afectará a los pies intermedios y dominados de la masa.

Localización: Telde.

Cantidad total concedida: 1.148.340 pesetas (6.901,6623 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 41,87%.

Nº 8

Beneficiario: Luis María Ponce Ponce.

Actuación: desbroce selectivo de 1,75 ha en la finca "Barreto".

Localización: Firgas.

Cantidad total concedida: 248.499 pesetas (1.493,509 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 30,83%.

Nº 9

Beneficiario: Ángela Cabrera Jiménez.

Actuación: desbroce selectivo de 0,57 ha en una finca situada en "Las mesas de Ana López".

Localización: San Mateo.

Cantidad total concedida: 34.907 pesetas (209,7953 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 15,97%.

Nº 10

Beneficiario: Lucía Canino Torres.

Actuación: tratamiento selvícola de mejora de 0,33 ha en el "Castañar de San Isidro".

Localización: Teror.

Cantidad total concedida: 116.017 pesetas (697,2762 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 46,40%.

Nº 11

Beneficiario: Cándida Déniz Déniz.

Actuación: tratamiento selvícola de mejora de 0,25 ha en el "Castañar de San Isidro".

Localización: Teror.

Cantidad total concedida: 94.125 pesetas (565,7026 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 47,03%.

Nº 12

Beneficiario: Antonio Quintana Mejías.

Actuación: tratamientos selvícolas y repoblación de 1 ha en una finca cercana a "Las casas de Ronda".

Localización: Tejeda.

Cantidad total concedida: 361.100 pesetas (2.170,2547 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 57,58%.

Nº 13

Beneficiario: Dolores Ojeda Peñate.

Actuación: tratamiento selvícola combinado (0,20 ha), poda y repoblación (3,5 ha) en la finca "Paraje de Ayacata".

Condicionante técnico: las dimensiones de los hoyos en la repoblación serán de 40 x 40 x 40.

Localización: San Bartolomé de Tirajana.

Cantidad total concedida: 1.620.513 pesetas (9.739,4792 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 44,44%.

Nº 14

Beneficiario: Carmen Roldán Alarcón.

Actuación: tratamiento selvícola combinado de 4,15 ha de Pinar de repoblación en "Montaña Pajaritos".

Localización: Moya.

Cantidad total concedida: 1.056.911 pesetas (6.352,163 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 42,57%.

Nº 15

Beneficiario: María Dolores Déniz López.

Actuación: tratamiento selvícola de mejora de 0,21 ha en el "Castañar de San Isidro".

Localización: Teror.

Cantidad total concedida: 81.812 pesetas (491,7 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 46,31%.

Nº 16

Beneficiario: Dolores María Cabrera Santos.

Actuación: desbroce de matorral (1,3 ha) y corta de policía en la finca situada en "Las Lagunas II".

Localización: San Bartolomé de Tirajana.

Cantidad total concedida: 78.990 pesetas (474,7395 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 28,29%.

Nº 17

Beneficiario: Elena Cabrera Santos.

Actuación: tratamientos selvícolas de mejora y tratamientos selvícolas combinados de 4,1 ha en la finca situada en "Las Lagunas I".

Localización: San Bartolomé de Tirajana.

Cantidad total concedida: 1.024.970 pesetas (6.160,1937 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 34,25%.

Nº 18

Beneficiario: María Patrocinio Cabrera Santos.

Actuación: tratamientos selvícolas para la repoblación forestal de 0,33 ha en la finca situada en "Manzanilla".

Localización: San Bartolomé de Tirajana.

Cantidad total concedida: 51.774 pesetas (311,168 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 24,57%.

Nº 19

Beneficiario: Juan Suárez Ramírez.

Actuación: tratamientos selvícolas de 0,27 ha en la finca "Cañada de la Fuente".

Localización: San Bartolomé de Tirajana.

Cantidad total concedida: 42.787 pesetas (257,155 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 9,36 ha.

Nº 20

Beneficiario: Iberpak, S.A.

Representante: Manuel Cabrera Kábana.

Actuación: fomento y gestión sostenible del monte "El Julán" de 15 ha.

Localización: Frontera.

Cantidad total concedida: 14.500.000 pesetas (87.146,755 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 100%.

Nº 21

Beneficiario: Kábana, S.A.

Representante: Manuel Cabrera Kábana.

Actuación: fomento y gestión sostenible del monte "Los Cariles" de 5 ha.

Localización: Frontera.

Cantidad total concedida: 3.250.000 pesetas (19.532,893 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 100%.

Nº 22

Beneficiario: Francisco Cabrera Marrero.

Actuación: tratamientos selvícolas (1,12 ha) de mejora de una finca situada en la "Falda del Roque Nublo".

Localización: Tejeda.

Cantidad total concedida: 298.558 pesetas (1.794,3697 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 50,14%.

Nº 23

Beneficiario: Carlos Velázquez Padrón.

Actuación: desbroce y repoblación forestal de 1,4 ha en Verdejo.

Localización: Santa María de Guía.

Cantidad total concedida: 1.121.159 pesetas (6.738,3012 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 76,52%.

Nº 24

Beneficiario: Manciol, S.L.

Representante: Ciro Machado Ucelay.

Actuación: tratamientos de mejora selvícola en el castañar de Pinolere.

Localización: La Orotava.

Cantidad total concedida: 3.864.882 pesetas (23.228,408 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 53,95%.

Nº 25

Beneficiario: ICEPSS Editores, S.L.

Representante: Juan Carlos Álamo López.

Actuación: desbroce selectivo de 0,35 ha en la trasera del Colegio Freiburg.

Localización: Arucas.

Cantidad total concedida: 42.168 pesetas (253,4348 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 17,94%.

Nº 26

Beneficiario: José Luis Rodríguez Quintana.

Actuación: desbroce selectivo y repoblación de 1,9 ha en "Los Parero", "La meseta" y "Risco de los perros".

Localización: Valleseco.

Cantidad total concedida: 801.335 pesetas (4.816,1203 euros).

Porcentaje concedido respecto de lo solicitado: 57,65%.

El importe total subvencionado asciende a la cantidad de 62.755.342 pesetas (377.167,2 euros), no alcanzándose la cifra de 128.294.000 pesetas (771.062,46 euros) con la que se dotaba económicamente la convocatoria ante la insuficiencia de solicitudes de subvención presentadas.

Asimismo se desestiman las solicitudes que se relacionan a continuación, por los motivos señalados:

1. D. Francisco Javier Sosa Saavedra: la actuación objeto de subvención no se ajusta a los supuestos contemplados en la base cuarta de la Orden Departamental de 1 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01).

2. D. José Ramón Villalba González: la documentación presentada no se ajusta a los requisitos solicitados en la base sexta de la Orden de Departamental de 1 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01), concretamente adolece de la documentación exigida en sus apartados 1.1, 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4.

3. Salvador León Zalve: la documentación presentada no acredita la titularidad de los derechos reales de propiedad, posesión o usufructo del monte para el que se solicita la subvención.

4. Ildefonso Luis Hernández Quintana: no se aporta certificado catastral de la propiedad para la que se solicita la subvención [apartado 3.1 de la base sexta de la Orden Departamental de 1 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01)].

5. Ildefonso Hernández Torres: no se aporta certificado catastral de la propiedad para la que se solicita la subvención [apartado 3.1 de la base sexta de la Orden Departamental de 1 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01)].

6. Stephan Heinrich Schšlz: la certificación catastral de la finca objeto de solicitud no se corresponde con la persona física solicitante de la subvención.

7. Antonio Vega Herrera: no se acredita fehacientemente la titularidad de la propiedad para la que se solicita la subvención de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.1 de la base sexta de la Orden Departamental de 1 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01).

8. Servando Viera Nuez: no se aporta certificado catastral de la propiedad para la que se solicita la subvención [apartado 3.1 de la base sexta de la Orden Departamental de 1 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01)].

Segundo.- Estas subvenciones se conceden de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. CUANTÍAS: las señaladas en el apartado primero anterior para cada una de las personas físicas o jurídicas y entidades beneficiarias.

2. DESTINO: los señalados en el apartado primero anterior para cada una de las personas físicas y jurídicas de derecho privado, titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo sobre montes privados.

3. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 99.12.04.442A.770.21, P.I. 99.7129.02 "Acciones de desarrollo y ordenación de los bosques en zonas rurales (Feoga-Orientación)", y 01.12.04.442E.770.21, P.I. 01.712.902 "Gestión de montes privados (Mimam-Madrid)".

4. PLAZO PARA REALIZAR LA ACTIVIDAD: las actuaciones objeto de subvención dispondrán de plazo para su realización hasta el 20 de noviembre del año 2001, pudiéndose conceder prórrogas a solicitud del interesado, sujeto a la existencia de crédito presupuestario, y siempre que el técnico de la Viceconsejería acredite la imposibilidad técnica o material de poder finalizar la ejecución de la obra en dicho plazo.

5. FORMA Y REQUISITOS DE ABONO: con carácter general, las subvenciones se harán efectivas a los beneficiarios previa justificación de haber realizado la actividad prevista, mediante la aportación de facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente.

Igualmente, para hacer efectiva la subvención, y para aquellos proyectos en los que lo exija la normativa sectorial que le afecte, se deberá presentar Declaración de Impacto Ecológico de conformidad con la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de Impacto Ecológico de Canarias, así como Calificación Territorial concedida o Proyecto de Actuación Territorial, aprobado según lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

6. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

1.- No enajenar o ceder durante un plazo no inferior a cinco (5) años las infraestructuras o equipamientos objeto de subvención, salvo que se trate de bienes amortizables en un período inferior, en cuyo caso el compromiso deberá comprender como mínimo dicho plazo de amortización.

2.- Acreditar los requisitos exigidos para tener acceso a la subvención.

3.- Realizar y acreditar la realización del proyecto que fundamentó la concesión, así como el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden de concesión.

4.- Justificar el empleo de los fondos públicos recibidos y de la inversión financiada por el beneficiario en la actividad o conducta subvencionada.

5.- Acreditar el coste total de la actividad o conducta subvencionada, así como el importe de las ayudas, subvenciones u otros auxilios económicos recibidos de cualesquiera Administraciones, Entes públicos, entidades privadas o particulares.

6.- Comunicar al Órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.

7.- Comunicar al Órgano concedente el importe de las ayudas o subvenciones concedidas con posterioridad a la misma por cualquier Ente público o Administración, así como las ayudas o auxilios económicos que reciba de entidades privadas o particulares con el mismo destino.

8.- Someterse a las actuaciones de comprobación que en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por el Órgano concedente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas, así como facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos.

9.- Llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las subvenciones concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos al proyecto, incluyendo las ayudas y subvenciones concedidas con el mismo objeto y que, por diferencia, permitan obtener un estado de rendición de cuentas de la cantidad o fondos públicos percibidos en concepto de subvenciones.

10.- Facilitar toda la información que les sea requerida por los órganos concedentes, por la entidad colaboradora, en su caso, y por los órganos de control interno y externo de la actividad económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

11.- Siempre que se haga publicidad a través de cualquier medio de comunicación o carteles anunciadores de Centros, Servicios o proyectos subvencionados total o parcialmente conforme a esta convocatoria, será obligatorio hacer constar explícitamente que se trata de un proyecto subvencionado por la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente.

12.- Cumplimiento, durante todo el tiempo de realización del gasto, de las disposiciones, políticas y acciones comunitarias, incluidas las correspondientes a las normas de competencia, contratación pública, protección y mejora del medio ambiente, eliminación de desigualdades y fomento de la igualdad entre hombres y mujeres, así como las de información y publicidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 46 del Reglamento (CE) 1.260/1999 del Consejo, de 21 de junio, por el que se establecen las disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales, y en el Reglamento (CE) nº 1.159/2000 de la Comisión, de 30 de mayo, sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales.

13.- Aportar como medio de justificación del gasto efectivamente realizado, y además de la certificación del órgano que tenga atribuidas las funciones de fiscalización, control o administración de aquél, los registros contables cuya llevanza venga impuesta por la normativa aplicable y que proporcionen información detallada sobre los gastos y los pagos específicos efectuados con motivo de los proyectos o acciones correspondientes a las intervenciones comunitarias.

Dicha información contendrá, inexcusablemente, los siguientes extremos adecuados al beneficiario de que se trate y a la normativa contable aplicable a cada caso:

- Importe del gasto.

- Partida correspondiente o cuenta de aplicación del gasto.

- Breve descripción del gasto.

- Fecha de contabilización.

- Identificación y localización de los justificantes.

- Fecha y método de pago.

- Fotocopia de las facturas pagadas o documento contable que las sustituya cuando la emisión de factura no proceda con arreglo a la normativa fiscal o contable de aplicación al beneficiario de que se trate.

Los justificantes que habrán de aportarse serán los correspondientes a los gastos realmente pagados por los beneficiarios con arreglo a las Normas sobre gastos subvencionables contenida en el anexo del Reglamento (CE) 1.685/2000 de la Comisión, de 28 de julio, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento 1.260/1999 del Consejo, en lo relativo a la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales.

La documentación original correspondiente, quedará localizada en el servicio o unidad responsable de su custodia, a disposición de las personas y organismos que están facultados para inspeccionar este tipo de documentos con arreglo a la normativa de aplicación.

14.- Asimismo habrán de acreditar, cuando proceda, el cumplimiento de las disposiciones, políticas y acciones comunitarias referidas inicialmente durante todo el período de realización del gasto, mediante aportación documental de las actuaciones ejecutadas en aplicación de aquéllas, y de la normativa estatal o autonómica correspondiente (criterios y procedimientos de selección y evaluación de solicitudes utilizados, anuncios de convocatorias, pliegos de condiciones y procedimientos de licitación para la selección de contratistas y proveedores, contratos otorgados, medidas adoptadas en orden a garantizar la igualdad de oportunidades, medios de publicidad empleados, informes de impacto ambiental, destino efectivo de las actuaciones, ...).

7. OBLIGACIONES DE LLEVAR LOS REGISTROS CONTABLES: las personas físicas y entidades subvencionadas estarán obligadas a llevar los registros contables que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se haya materializado esta subvención, así como los demás ingresos propios o afectos a la actividad subvencionada, incluyendo las ayudas o subvenciones concedidas con el mismo objeto, y que por diferencia permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de subvención, en la forma prevista en el artículo 27.f) del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.

8. PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: la fecha límite de justificación de la ejecución total de la actuación será el 10 de diciembre del año de la convocatoria, salvo que a solicitud del beneficiario, la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, conceda una prórroga para la terminación de la actuación prevista, en cuyo caso, el nuevo plazo de justificación se fijará en la Orden que acuerde la prórroga.

La subvención concedida se acreditará mediante la aportación de facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente.

9. ACEPTACIÓN: para que esta Resolución sea efectiva es necesaria la aceptación de la misma por parte del beneficiario, la cual deberá ser otorgada dentro del plazo de los 30 días siguientes a su notificación. En caso de que no se otorgue dentro de este plazo quedará sin efecto la subvención concedida.

10. VARIACIONES: toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para el otorgamiento de las presentes subvenciones y, en todo caso, la obtención por el beneficiario de subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes Públicos, darán lugar a la modificación de la presente Orden de concesión, sin que en ningún caso implique modificación de la finalidad de la subvención.

11. PUBLICACIÓN: publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

En todo lo no previsto en las cláusulas anteriores regirá con carácter general lo dispuesto en el Decreto 337/1997, y como supletorios los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, así como en la Orden de este Departamento de 1 de agosto de 2001.

Contra la presente Orden de Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en su sede de Santa Cruz de Tenerife, pudiendo potestativamente, interponer recurso de reposición en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de septiembre de 2001.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,

Fernando José González Santana.

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