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BOC Nº 149. Viernes 16 de Noviembre de 2001 - 4193

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4193 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 16 de octubre de 2001, del Director, relativo a notificación de propuesta y resolución de reintegro en relación con el procedimiento iniciado a la entidad Guifaluzio Itmo, S.L.L.- Expte. nº 99-35/00652.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Propuesta y resolución de reintegro en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que, con fechas 3 de agosto de 2001, y 20 de agosto de 2001, fue registrado de salida el documento del tenor literal siguiente:

Examinado el expediente de referencia, con procedimiento de reintegro iniciado por esta Dirección del Instituto Canario de Formación y Empleo, a la entidad Guifaluzio Itmo, S.L.L., referente a reintegro de subvención, resulta:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución del Director, de fecha 16 de noviembre de 1999, con número de registro 99-35/2.773 se concedió a la entidad Guifaluzio Itmo, S.L.L., una subvención de las previstas en el programa "A, de subvenciones a la incorporación de trabajadores desempleados a las cooperativas y sociedades laborales en calidad de socios trabajadores", de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 1 de julio de 1999 (B.O.C. nº 93, de 16.7.99), por la incorporación de los socios relacionados en la tabla siguiente:

APELLIDOS Y NOMBRE: Álamo Pulido, José Luis.

N.I.F.: 43257816Z.

FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 20.8.99.

APELLIDOS Y NOMBRE: Tormo Morales, Guillermo.

N.I.F.: 42871350V.

FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 20.8.99.

APELLIDOS Y NOMBRE: Jiménez Alonso, Fania María.

N.I.F.: 42868303Y.

FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 20.8.99.

por importe de un millón quinientas mil (1.500.000) pesetas (9.015,18 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 1999.23 01 322F 470 21 L.A./P.I. 23410802, denominada "Fomento y mantenimiento de entidades de economía social", de la cual se abonó el 100% en fecha 4 de enero de 2000.

Segundo.- Que se ha incurrido en la siguiente causa determinante del reintegro de oficio de la referida subvención, a tenor de lo establecido en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:"Incumplimiento de lo establecido en la normativa reguladora de la subvención".

Y ello es así por las siguientes razones:

El número cuarto del resuelvo de la indicada Resolución y en los mismos términos la base 17ª, de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 1 de julio de 1999 (B.O.C. nº 93, de 16.7.99), obliga a la entidad beneficiaria a presentar ante el ICFEM, al año siguiente de la fecha de alta en la Seguridad Social del/de la socio/a subvencionado/a, la siguiente documentación:

1.a) Fotocopia compulsada del informe de vida laboral de la empresa, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la anualidad a justificar, en el caso de altas en el régimen general de la Seguridad Social.

1.d) Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

1.e) Fotocopia compulsada del libro de socios o de participaciones.

2. Igualmente, en el plazo de dos años a partir de la incorporación del socio trabajador subvencionado, el beneficiario deberá aportar el diploma o la certificación expedido por la entidad impartidora, acreditativo de haber realizado un curso de formación en economía social.

Tercero.- Que por escrito de fecha 11 de octubre de 2000, registro de salida nº 25.704, se requirió a la entidad la remisión de la documentación justificativa correspondiente, otorgándole un plazo de diez días, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciera, se procedería a iniciar el correspondiente expediente de reintegro. El mismo fue notificado al interesado por el procedimiento establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 155, de 27 de noviembre de 2000.

Cuarto.- Mediante Resolución de fecha 29 de diciembre de 2000, con número de registro 00-35/3.069, notificada al interesado por el procedimiento establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 71, de 8 de junio de 2001, se acordó iniciar procedimiento de reintegro de la subvención, al haber incurrido el beneficiario en las causas de reintegro consignadas en el mencionado acuerdo, con indicación del derecho que le asistía a formular alegaciones, presentar documentos y pruebas que estimara por convenientes, en el plazo de diez días, todo ello de conformidad con lo establecido en el artº. 36.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, en relación con el artículo 84 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.- Que en el indicado plazo, el interesado no hizo uso de su derecho a formular alegaciones.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer y tramitar el presente expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 3.d) de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación de este Instituto y el Decreto Territorial 111/1999, de 25 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento Orgánico.

Segundo.- Que en la tramitación del expediente de reintegro se han observado las prescripciones legales establecidas en el artículo 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en lo concerniente a la iniciación, instrucción y resolución del expediente.

Tercero.- Que a la vista de las actuaciones practicadas, procede acordar el reintegro de la subvención, al incumplir el beneficiario con el deber de justificar el empleo, dado a los fondos recibidos en la forma y plazos establecidos en la resolución de concesión de la subvención, y sus normas reguladoras.

Vistos los antecedentes relatados, el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Real Decreto Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, y demás disposiciones de aplicación, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, en relación con la Resolución del Presidente del ICFEM, de 13 de abril de 2000, por la que se delegan en el Director del ICFEM determinadas competencias,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar el reintegro de la subvención concedida a la entidad Guifaluzio Itmo, S.L.L., mediante Resolución del Director, de fecha 16 de noviembre de 1999, con registro nº 99-35/2.773, al haber incurrido en causa determinante de reintegro de la referida subvención, en base a los hechos y fundamentos jurídicos expuestos en el cuerpo de la Resolución.

Segundo.- La cantidad a reintegrar asciende a un millón quinientas mil (1.500.000) pesetas (9.015,18 euros), más los intereses de demora devengados, desde la fecha de pago de la subvención, hasta la fecha de propuesta de la presente Resolución, calculados, aplicando el tipo de interés a que se refiere el artículo 36 del Real Decreto Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, cantidad que asciende al importe de ciento nueve mil novecientas sesenta y dos (109.962) pesetas (660,88 euros), lo que sumado a la cantidad subvencionada, asciende a un total de un millón seiscientas nueve mil novecientas sesenta y dos (1.609.962) pesetas (9.676,07 euros), y sin perjuicio de que se practique nueva liquidación de intereses por el tiempo transcurrido, desde la fecha de propuesta de la presente Resolución hasta la fecha de ingreso de la cantidad a reintegrar.

Tercero.- La obligación de reintegro establecida en esta Resolución, no exime al interesado de las demás responsabilidades en que haya podido incurrir como consecuencia del incumplimiento, y que se exigirán, en su caso, por los procedimientos que legalmente correspondan.

Cuarto.- Para los expedientes de la provincia de Las Palmas, el ingreso deberá realizarse en la cuenta corriente que este Organismo tiene abierta en la Caja Insular de Ahorros de Canarias, con el nº 2052/8130/24/3510002204.

Para los expedientes de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, el ingreso deberá realizarse en la cuenta corriente que este Organismo tiene abierta en la Caja General de Ahorros de Canarias, con el nº 2065/0118/81/1114001822.

Notifíquese la presente Resolución al interesado, con la indicación de que, al poner fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, o bien potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estimara procedente interponer. El cómputo de los plazos anteriormente indicados, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre de 2001.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Promoción de la Economía Social (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), Adolfo Faleh Pérez.

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