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BOC Nº 149. Viernes 16 de Noviembre de 2001 - 1618

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo y Transportes

1618 - ORDEN de 19 de octubre de 2001, por la que se prorroga el plazo para la justificación de subvenciones establecidas en la Orden de 30 de mayo de 2001, que aprueba con carácter indefinido y desde el ejercicio 2001, las bases de convocatoria que han de regir el concurso para el otorgamiento de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector de transporte por carretera en auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio.

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Vista la Orden de 23 de junio de 2000, por la que se aprueban las bases de convocatoria que han de regir el concurso para el otorgamiento de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector del transporte por carretera en vehículos auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio, y se delega en el Director General de Transportes su resolución (B.O.C. nº 87, de 14.7.00).

Visto que con fecha 3 de julio de 2001 entró en vigor la Orden de 30 de mayo de 2001, por la que se aprueban con carácter indefinido y desde el ejercicio 2001, las bases de convocatoria que han de regir el concurso para el otorgamiento de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector de transporte de carretera en auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio (B.O.C. nº 81, de 2.7.01).

Resultando que la base décima de la Orden de 23 de junio antes mencionada establece que la actuación se realizará y justificará antes del día 15 de noviembre de 2001.

Considerando el elevado número de solicitudes acogidas a la reiterada Orden de convocatoria recibidas en la Dirección General de Transportes.

Considerando el artículo 10, epígrafe ñ), párrafo 2º del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Considerando los artículos 42.6 y 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Es por lo que, en uso de las facultades que me atribuye el artículo 3 del Decreto 281/1995, de 11 de septiembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes, y el artículo 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Que el plazo que figura en el dispongo quinto de la Orden de convocatoria de fecha 30 de mayo de 2001, quede ampliado hasta el 30 de noviembre de 2001.

Segundo.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre de 2001.

EL CONSEJERO DE

TURISMO Y TRANSPORTES,

Juan Carlos Becerra Robayna.

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