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No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. Maximina Monzón Mayor, de la Resolución del Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 1.076, de fecha 14 de agosto de 2001, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo, R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Maximina Monzón Mayor, la Resolución de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 14 de agosto de 2001, recaída en el expediente instruido en la misma, por infracción a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, con referencia I.L.C.: 10/00-A, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Estimar el recurso de súplica interpuesto por el Procurador Sr. Olarte Cullen contra auto de esta Sala de fecha 25 de mayo de 2001, accediendo a la suspensión de la resolución recurrida en cuanto a la demolición de las viviendas de los recurrentes. Notifíquese la presente Resolución a las partes personadas al amparo del artículo 248.4 de la LOPJ, sin imposición de costas. Así lo acordamos, mandamos y firmamos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Se cumpla en sus propios términos el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictado en la pieza separada de suspensión del R.C.A. 292/2001."
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de octubre de 2001.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.
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