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BOC Nº 144. Lunes 5 de Noviembre de 2001 - 1556

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

1556 - ORDEN de 17 de julio de 2001, por la que se aprueban las tarifas de suministro público de agua a poblaciones, presentadas por el Ayuntamiento de Santiago del Teide (Tenerife).

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Vista la petición formulada por el Ilustre Ayuntamiento de Santiago del Teide, Tenerife, de solicitud de aumento de las tarifas de suministro público de agua para ese municipio.

RESULTANDO

Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, emitido en sesión ordinaria celebrada el 17 de julio de 2001 y dictaminando elevar propuesta para reducir parcialmente las Tarifas de Consumo Doméstico solicitadas por el citado Ayuntamiento, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el Acta de la sesión y en el Informe del Grupo de Trabajo, que acompañan a la presente y serán debidamente notificados a los interesados, quedando como a continuación se reflejan:


CONSUMO DOMÉSTICO AL BIMESTRE:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Cuota fija 812 ptas. 4,88

Mantenimiento de contador 264 ptas. 1,59

Hasta 20 m3 72 ptas./m3 0,43

De 21 m3 a 40 m3 95 ptas./m3 0,57

Más de 40 m3 116 ptas./m3 0,70

CONSUMO COMERCIAL AL BIMESTRE:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Cuota fija 1.700 ptas. 10,22

Mantenimiento de contador 300 ptas. 1,80

Hasta 20 m3 93 ptas./m3 0,56

De 21 m3 a 40 m3 113 ptas./m3 0,68

Más de 40 m3 134 ptas./m3 0,81

CONSUMO INDUSTRIAL AL BIMESTRE:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Cuota fija 2.166 ptas. 13,02

Mantenimiento 1.031 ptas. 6,20

de contador

Hasta 80 m3 137 ptas./m3 0,82

De 81 m3 a 160 m3 149 ptas./m3 0,90

Más de 160 m3 163 ptas./m3 0,98

CONSUMO TURÍSTICO AL BIMESTRE:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Cuota fija 2.166 ptas. 13,02

Mantenimiento 1.031 ptas. 6,20

de contador

Tarifa única 201 ptas./m3 1,21

CONSUMO DE RIEGO DE JARDINES:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Tarifa única 237 ptas./m3 1,42

CONSUMO EN OBRAS AL BIMESTRE:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Cuota fija 5.155 ptas. 30,98

Mantenimiento 3.609 ptas. 21,69

de contador

Tarifa única 237 ptas./m3 1,42

CONSUMO MUNICIPAL Y DE COLEGIOS:

Bloques de consumo Tarifa en Tarifa en

pesetas euros

Tarifa única 154 ptas./m3 0,93


CONSIDERANDO

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la modificación e implantación de precios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Vista la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos los Decretos Territoriales 10/2001, de 29 de enero, por el que se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias; 12/2001, de 30 de enero, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio; 23/2001, de 6 de febrero, por el que se modifica parcialmente el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, aprobado mediante Decreto 338/1995, de 12 de diciembre y demás disposiciones concordantes,

D I S P O N G O:

Aprobar, a propuesta de la Comisión Territorial de Precios, las tarifas de suministro público de agua a poblaciones solicitadas por el Ayuntamiento de Santiago del Teide, Tenerife, y reducidas parcialmente, en los Bloques de Consumo Doméstico y Consumo Municipal y de Colegios, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas y se aplicarán a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su pertinente notificación o publicación, significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de julio de 2001.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y COMERCIO,

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL

DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,

Adán Martín Menis.

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