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En la base undécima de dicha Orden se establece, tal y como estipula el artē. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que examinada la documentación, de no reunir las solicitudes los requisitos exigidos o no aportarse la documentación preceptiva, se requerirá a los interesados para que, en un plazo de diez (10) días, subsanen y/o completen los documentos y/o datos indicados en la base décima, llevándose a cabo la notificación a través del Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.).
Estando este Centro Directivo pendiente de recibir las solicitudes presentadas en otras Administraciones Públicas, cumpliendo con la exigencia legal de dotar al presente procedimiento de mayor celeridad y eficiencia, se ha decidido proceder a un segundo requerimiento según lo antedicho, de aquellos expedientes revisados a fecha 17 de octubre de 2001.
En su virtud, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
R E S U E L V E:
Primero.- Requerir a los interesados en el Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa (Pyme) para el año 2001, relacionados en anexo adjunto, cuyos expedientes han sido examinados a fecha 17 de octubre de 2001, para que en plazo de diez (10) días subsanen, y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, si así no lo hicieran se les tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo.- Se proceda a a publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.).
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre de 2001.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.
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Ver anexos - Página/s 16024-16030
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