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BOC Nº 131. Lunes 8 de Octubre de 2001 - 1435

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1435 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 4 de septiembre de 2001, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 28 de septiembre de 2000, que aprueba definitivamente la modificación puntual nº 9 de las Normas Subsidiarias de Tuineje, promovida por la Corporación municipal, en el término municipal de Tuineje (Fuerteventura).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 28 de septiembre de 2000, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual nº 9 de las Normas Subsidiarias de Tuineje, promovida por la Corporación municipal, en el término municipal de Tuineje, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de septiembre de 2001.- El Director General de Ordenación del Territorio, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2000, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.3.a) del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la modificación puntual nº 9 de las Normas Subsidiarias de Tuineje (Fuerteventura), consistente en incorporar al artículo 2.2.3 saneamiento, del capítulo II Normas en Suelo Urbano, el siguiente párrafo:

"En los núcleos urbanos se deberá disponer de arqueta bajo la acera, con "T" registrable y tapa normalizada de 30 x 30 cm2, previa a la acometida de los edificios a la red general de saneamiento."

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Tuineje y al Cabildo Insular de Fuerteventura.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el día siguiente al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Valeriano Díaz Castro.

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