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BOC Nº 130. Viernes 5 de Octubre de 2001 - 3676

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife

3676 - ANUNCIO de 31 de julio de 2001, relativo a notificación de la liquidación nº T/2001/9016-W, a la entidad Crownship Marine, Ltd.

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Intentada la notificación de la liquidación nº T/2001/9016-W, que a continuación se detalla, a la entidad Crownship Marine, Ltd., con domicilio en la calle Juan Rejón, 52, 4ºA, código postal 35008, de Las Palmas de Gran Canaria, sin que haya podido practicarse, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a su publicación:

Por el presente se notifica a la entidad Crownship Marine, Ltd. la liquidación nº T/2001/9016-W, emitida en fecha 24 de abril de 2001, por importe de un millón (1.000.000) de pesetas (6.010,12 euros), en ejecución de la Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, celebrado en fecha 12 de diciembre de 2000, por la que se acordó imponer a la expresada entidad una sanción de multa de un millón (1.000.000) de pesetas, que deberá hacer efectiva, mediante ingreso en las cuentas recaudatorias habilitadas al efecto en las Entidades Bancarias y Cajas de Ahorro a nombre de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en los siguientes plazos:

a) Si la publicación del presente tuviera lugar entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

b) Si la publicación del presente tuviera lugar entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, de conformidad con el precitado artículo 20.

Asimismo, se significa que la falta de pago en los expresados plazos motivará la apertura del procedimiento de apremio, con aplicación de los recargos correspondientes, de conformidad con lo prevenido en el artículo 46 del Real Decreto 1.684/1990.

Contra el presente acto podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias, Sala de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente, de conformidad con las previsiones del Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones Económico-Administrativas.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2001.- El Presidente, Luis Suárez Trenor.

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