Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 130. Viernes 5 de Octubre de 2001 - 1417

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

1417 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 24 de septiembre de 2001, por la que se hace pública la selección de los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Inspectores Médicos (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 29 de noviembre de 2000.

Descargar en formato pdf

Terminadas las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Inspectores Médicos (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de 29 de noviembre de 2000 (B.O.C. nº 164, de 18.12.00), y vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador, esta Dirección General, según lo previsto en la base decimotercera de las que rigen las pruebas mencionadas,

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar la relación definitiva de los aspirantes que superado las pruebas, con la puntuación total obtenida, y que se relacionan a continuación:

Ver anexos - página 15046

egundo.- En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, los aspirantes seleccionados deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública instancia acompañada de la siguiente documentación:

a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2, apartado 1.d), de la citada convocatoria. Los aspirantes que hayan concurrido por la vía de reserva de minusvalía, habrán de haber presentado la certificación del equipo multidisciplinar a que se refiere la base 3.3 de la citada convocatoria.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Si los aspirantes seleccionados ya tuvieran la condición de funcionarios de carrera, solamente deberán presentar la documentación relativa a la titulación académica.

Tercero.- Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones.

Contra la presente Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o de la circunscripción en la que tenga su domicilio el recurrente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación o, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de septiembre de 2001.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

© Gobierno de Canarias