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BOC Nº 124. Viernes 21 de Septiembre de 2001 - 3504

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria)

3504 - ANUNCIO de 14 de agosto de 2001, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la Parcela nº 16 del Plan Parcial Anfi Tauro, Sector 17.

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Este Ayuntamiento, en sesión de Pleno Ordinario de fecha 9 de febrero de 2001, aprobó definitivamente el siguiente acuerdo cuyo tenor literal recoge:

"NOVENO.- ESTUDIO DE DETALLE PARA LA PARCELA Nº 16 DEL PLAN PARCIAL ANFI TAURO, SECTOR 17. APROBACIÓN DEFINITIVA.

De orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno del expediente tramitado por este Ayuntamiento de aprobación de Estudio de Detalle para la Parcela nº 16 del Plan Parcial Anfi Tauro, Sector 17, de este término municipal, promovido por D. Enrique Benítez Biscarri, en representación de la entidad Anfi Tauro, S.A.

Resultando que el Estudio de Detalle citado ha sido redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, D. José Francisco Henríquez Sánchez.

Resultando que el técnico municipal ha emitido informe favorable, señalando lo siguiente:

a) Que el presente Estudio de Detalle cumple con las determinaciones previstas en el artículo 38 del TRLOTC y ENC/2000 y los artículos 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento, ya que:

- Se pretende "ex novo" establecer alineaciones y rasantes de los viales interesados que se encuentran grafiados en el plano nº 3, donde las cotas de la rasante se hacen en referencia UTM.

- Se trata de completar la red de comunicación establecida en el instrumento de planeamiento mediante el señalamiento de viales interior privado que resulta necesario para dar acceso a los edificios cuya ordenación concreta se establece en el proyecto de edificación que se tramita en expediente independiente.

b) No asume función ordenadora ya que no contiene determinaciones propias de los instrumentos de planeamiento de jerarquía superior.

c) Se presentan los planos a escala adecuada que expresan las determinaciones que se completan y que son objeto del estudio de detalle.

Considerando que se ha emitido informe jurídico favorable.

Considerando que de acuerdo con el ya mencionado artº. 38 de la LOTC 9/99 la tramitación y aprobación de los estudios de detalles corresponderá a los Ayuntamientos, debiendo seguirse el procedimiento establecido en el artº. 140 del RPU, norma de aplicación supletoria de acuerdo con la disposición transitoria décima de la LOTC 9/99.

Considerando que el presente expediente fue aprobado inicialmente por la Comisión Municipal de Gobierno de fecha 13 de diciembre de 2000, y sometido a información pública durante el plazo establecido, al citado expediente no se presentó reclamación alguna.

Considerando que el órgano competente para la aprobación definitiva del Estudio de Detalle es el Pleno Municipal.

Vistos los antecedentes expuestos, así como la normativa de pertinente aplicación, y dictamen de la Comisión informativa de Urbanismo, el Pleno por unanimidad de sus miembros asistentes adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Parcela nº 16 del Plan Parcial Anfi Tauro, Sector 17, de este término municipal, promovido por D. Enrique Benítez Biscarri, en representación de la entidad Anfi Tauro, S.A.

Segundo.- Remitir el expediente a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (C.O.T.M.A.C.), para su toma de conocimiento de conformidad con lo previsto en el artículo 140 del Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio, y se procederá a la publicación de este acuerdo en los Boletines Oficiales correspondientes."

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto que se le notifica, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al recibo de ésta, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses desde la notificación del acto.

Contra la resolución que recaiga en el recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses contados desde la notificación de dicha resolución, si ésta es expresa, si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto, todo ello conforme a lo establecido en el artº. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nº 167, de 14.7.98).

Lo que se hace público para general conocimiento y sus efectos oportunos.

Mogán, a 14 de agosto de 2001.- El Alcalde-Accidental, p.d. (Decreto 99/777, de 10.8.99), Juan Santana Artiles.

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