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BOC Nº 123. Miércoles 19 de Septiembre de 2001 - 1335

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1335 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Resolución de 29 de agosto de 2001, del Presidente, por la que se ordena la publicación de la programación de cursos, del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondientes al año 2001, relativa a Alfabetización Informática: Internet para todos.

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Mediante Resolución de 3 de agosto de 2001, de esta Presidencia, se convocó la participación de Entidades y Centros Colaboradores del ICFEM en la programación extraordinaria de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondientes al año 2001 (B.O.C. nº 104, de 10.8.01).

La Comisión del Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo, en su sesión del día 29 de agosto de 2001, aprobó la programación extraordinaria de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional de Alfabetización Informática: Internet para todos.

Considerando que existen razones de interés público que aconsejan la publicación de la programación aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1º del artº. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99),

R E S U E L V O:

1.- Publicar el contenido del Acuerdo adoptado por la Comisión del Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo, en su sesión de 29 de agosto de 2001, por el que se aprueba la programación extraordinaria de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional de Alfabetización Informática: Internet para todos.

2.- En el anexo en el que se contiene la programación aprobada por la Comisión del Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo, consta una relación de acciones de formación profesional ocupacional propuestas por las Entidades que han presentado solicitud en respuesta a la convocatoria realizada al efecto.

3.- La aprobación de la programación no llevará consigo la concesión automática de una subvención, que corresponderá al Director del ICFEM, como establece en el apartado octavo de la Resolución de 3 de agosto de 2001, si bien se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado noveno de dicha Resolución, de acuerdo con la Resolución de 3 de agosto de 2001, del Director del ICFEM (B.O.C. nº 104, de 10.8.01), de homologación de oficio para la impartición de la especialidad formativa Alfabetización Informática, Informática e Internet: Código FCINO2.

Contra el acto administrativo publicado, al poner fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, según lo establecido en el artº. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, igualmente contados desde la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, según lo dispuesto en el artº. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de agosto de 2001.- El Presidente, Marcial Morales Martín.

Ver anexos - páginas 14430-14488

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