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BOC Nº 116. Lunes 3 de Septiembre de 2001 - 3235

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

3235 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 6 de junio de 2001, del Director, relativo a notificación de requerimiento de 4 de julio de 1997 a la empresa Moisés Nascimiento Texeira.- Expte. nº 12.120/96 (III y IV).

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento de la subvención citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Moisés Nascimiento Texeira, se hace saber a la misma que con fecha 7 de julio de 1998 fue efectuada la notificación de requerimiento del tenor literal siguiente:

En relación con la solicitud presentada por la empresa señalada, ante el ICFEM de Santa Cruz de Tenerife el día 26 de septiembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el Capítulo I, Sección 3ª Subvención a la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinidos, del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles, siguientes a la recepción del presente requerimiento, remita a este Organismo, por duplicado y compulsada la documentación que se señala a continuación:

- Declaración responsable sobre el punto 1º de la solicitud, exponente segundo.

- Declaración responsable sobre el punto 2º de la solicitud, exponente segundo.

- Declaración responsable sobre los puntos 1º y 2º de la solicitud, exponente segundo.

- N.I.F. del solicitante.

- Escritura de Constitución de la Entidad.

- Poder Notarial mediante el que actúa el solicitante.

- Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad.

Dña. María Luisa Roson Cavero, ante el Instituto Canario de Formación y Empleo, como representante legal de Díaz Roson, S.L., el día 18 de septiembre de 1996, a los efectos de acogerse alas subvenciones previstas en el Capítulo I, Sección 3ª Subvenciones a la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinidos, del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere, para que en el plazo improrrogable de diez días hábiles, siguientes a la recepción del presente requerimiento, remita a este Organismo por duplicado y compulsada la documentación que a continuación se señala:

A) Contratos de trabajo con todas sus cláusulas y prórrogas si existen de:

Dña. Benedicta Reyes Mederos.

Dña. María Yurena Espinel Barrera.

Dña. María Soraya Ramos Gobea.

Dña. Raquel A. Magdalena Luis.

B) Aclaración sobre el número de centros de trabajo radicados en Canarias y el número de trabajadores que tiene en plantilla (de la documentación aportada y lo declarado en la solicitud no hay coincidencia).

C) Documento expedido por la Seguridad Social de la vida laboral de la empresa.

D) En caso de que alguno de los trabajadores por los que solicitó subvención haya causado baja, deberá aportar: contrato de trabajo, D.N.I. y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que los sustituyan.

Se le advierte que de no aportar la documentación requerida en los apartados b) y c), en el plazo que se indica, se procederá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (L.R.J.P.A.C.), al archivo del expediente sin más trámites.

Asimismo, se le advierte que de no presentar la documentación requerida en los apartados a) y d), dará lugar a la desestimación de la subvención solicitada.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de junio de 2001.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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