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BOC Nº 109. Lunes 20 de Agosto de 2001 - 3093

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Gran Canaria

3093 - ANUNCIO relativo al Decreto de 25 de junio de 2001, por el que se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor de Lomo de los Canarios, Playa del Risco, en el término municipal de Agaete.

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Visto el informe del Servicio de Patrimonio Histórico proponiendo que se incoe el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Arqueológica a favor de Lomo de los Canarios. Playa del Risco, en el municipio de Agaete.

Resultando que la Zona Arqueológica situada entre los yacimientos de La Aldea de San Nicolás y la comarca de Guayedra, así como los yacimientos del Macizo de Tirma y el complejo de la Playa del Risco, constituyen una de las comarcas de mayor riqueza arqueológica de Gran Canaria. En su conjunto prestan un estado de conservación medio, debido a que la presión antrópica en estos espacios ha sido menos intensa que en otras zonas de la isla.

Los yacimientos del Lomo de los Canarios, Playa del Risco cuentan con más de 50 estructuras, la mayoría de las cuales se corresponden con casas de piedra de planta cruciforme. Su estado de conservación, la fertilidad arqueológica del subsuelo y la potencialidad didáctica de esta zona hacen necesario su declaración como bien de interés cultural.

Considerando que el artículo 17 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico de Canarias, determina que se declararán bienes de interés cultural del patrimonio histórico canario aquellos bienes que ostenten notorios valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o paleontológicos o que constituyan testimonios singulares de la cultura canaria.

Considerando que el artículo 18.1 de la mencionada Ley de Patrimonio Histórico de Canarias dispone que es Zona Arqueológica el lugar y paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles representativos de antiguas culturas.

Considerando que este Cabildo Insular de Gran Canaria, es competente para incoar y tramitar este expediente en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley de 4/1999, del Patrimonio Histórico de Canarias.

Considerando que esta Consejera-Delegada de Cultura es competente para acordar la incoación del procedimiento de declaración de bien de interés cultural, de conformidad con la delegación de facultades efectuada mediante Decreto de la Ilma. Sra. Presidenta de este Cabildo Insular de fecha 4 de enero de 2000 (B.O.P. de 11.2.00),

D I S P O N G O:

Primero.- Incoar expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor de Lomo de los Canarios, Playa del Risco, en el término municipal de Agaete, con la descripción y delimitación que figura en los anexos I y II de este Decreto.

Segundo.- Hacer saber al Ayuntamiento de Agaete que, según dispone el artículo 20 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico de Canarias, deberá suspender el procedimiento de otorgamiento de licencias municipales intervención en los inmuebles y sus entornos, así como los efectos de las ya otorgadas.

Tercero.- Comunicar, esta incoación, al Registro Regional de Bienes de Interés Cultural, a efectos de su anotación preventiva.

Cuarto.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de junio de 2001.- La Presidenta, p.d., la Consejera-Delegada de Cultura, (Decreto 4.1.00), Inés Jiménez Martín.- El Secretario General, p.d., la Oficial Mayor (Resolución de 9.3.01), Mercedes Romaní Martínez.

A N E X O I

B.I.C. ZONA ARQUEOLÓGICA DE LOMO DE LOS CANARIOS. PLAYA DEL RISCO. AGAETE.

DESCRIPCIÓN:

El área donde se localizan las zonas arqueológicas del Lomo de Los Canarios y Playa del Risco se sitúa en la desembocadura del Barranco del Risco, en la zona baja de éste, entre la carretera actual y la costa. Este barranco tiene una importante cuenca de recepción con un gran número de pequeños barrancos que tienen sus cabeceras en el macizo de Tirma y Tamadaba. Esta situación permitió en el pasado contar con agua durante casi todo el año. Estos recursos y su proximidad a la costa explica la elevada densidad de ocupación que sufrió esta área en el pasado prehispánico.

La Zona Arqueológica del Lomo de Los Canarios y Playa del Risco está caracterizada por la existencia de dos conjuntos importantes. Lomo de Los Canarios y Lomo del Risco.

El Lomo de los Canarios es tal vez la unidad más importante dentro de esta zona arqueológica. Se trata de un complejo arqueológico constituido por 43 estructuras habitacionales repartidas a lo largo del lomo, desde el Barranco de Güigüi hasta la costa. Las dimensiones y las plantas de estas estructuras son variadas, así tenemos estructuras cruciformes, ovaladas y circulares. De entre los materiales depositados de esta zona en los fondos del Museo Canario, destaca la presencia de un fragmento de un ídolo antropomorfo. Debemos destacar que el yacimiento a lo largo de los tiempos ha sufrido varias agresiones por acciones de sorriba, extracción de árido y apertura de pistas. No obstante las zonas que no han sido afectadas se conservan en un buen estado. El material arqueológico en superficie es así mismo muy abundante. Además en las zonas que han sido afectadas por la apertura de pistas se observan, en los perfiles que han quedado, los pisos de ocupación de algunas de las viviendas donde el material cerámico, industria lítica y desechos alimenticios es muy destacada. Unas siete estructuras de este conjunto fueron parcialmente destruidas debido a los trabajos de puesta en uso del suelo para fines agrícolas. Consecuencia de estas roturaciones se quedaron a la vista los perfiles de los pisos de ocupación en un franja de la ladera con una elevada pendiente, castigada por defecto de la erosión que ha llevado a la parte llana (suelo agrícola) abundante material arqueológico. Esta zona llana se ha convertido así en el vertedero del yacimiento el cual presenta una alta fertilidad arqueológica.

El Lomo del Risco o Lomo de la Montañeta, que se localiza en la punta que separa los barrancos de Güigüi y del Risco, presenta varias estructuras de piedra seca agrupadas, si bien la presencia de tuneras no deja observar bien el conjunto. En esta zona, Sebastián Jiménez Sánchez situaba la presencia de túmulos y puede que muchas de las casas y los alpendes de esta zona hayan utilizado piedras pertenecientes a dichas estructuras para su construcción. En superficie es posible observar numerosos restos materiales pertenecientes a la cultura aborigen, entre ellos abundantes restos cerámicos, por lo que es de suponer que además de las citadas estructuras funerarias, alguna de las estructuras presentes en la zona sean viviendas prehistóricas.

Jiménez Sánchez sita la presencia de más yacimientos, concentrados en el margen derecho de la desembocadura del Barranco del Risco. Estos pertenecían sobre todo a túmulos que hoy no se aprecian y que pueden haber sido sepultados por las actividades agrícolas desarrolladas en la zona, estando localizados bajo el suelo agrícola. Estos zonas se encuentran señaladas en la Carta Arqueológica del término municipal de Agaete, realizada en el año 1989 por el servicio de arqueología del Museo Canario.

A N E X O I I

B.I.C. ZONA ARQUEOLÓGICA DE LOMO DE LOS CANARIOS. PLAYA DEL RISCO. AGAETE.

Delimitación.

Esta zona arqueológica queda dividida en dos áreas:

ZONA A:

Norte: el límite norte parte a nivel del mar del acantilado costero de la Punta de Abajo, en el límite sur de la Playa del Risco, en el morro de Antonio Caiga. A partir de este punto la delimitación continúa por el margen izquierdo del cauce del barranco del Risco, recorriendo 280 m hasta el Punto 6 (long. 427366.215 lat. 3103262.252), donde comienza el muro que delimita la finca del Llano de La Mar. A partir de este punto la delimitación continúa 175 m por dicho muro hasta el Punto 8 (long. 427517.961 lat 3103178.008). Sin abandonar el muro recorre 165 m hasta el Punto l0 (long. 427636.422 lat. 3103063.961), situado al oeste del campo de fútbol del Barranco del Risco.

Este: desde el Punto 10 la línea sigue hacia el sur, penetrando en el Barranco de Güigüi por la finca de Llano de La Mar 70 m hasta el Punto 11 (long. 427645.649 lat. 3109991.7l4). Desde este punto entra por el cauce del barranco, paralela a la carretera que discurre por el mismo, unos 240 m hasta llegar al Punto 13 (long. 427617.238 lat. 3102751.454). A partir de aquí la línea asciende ladera arriba en dirección suroeste hacia la degollada de Cho Mariano, pasando a 50 m al este de la única casa existente en esta ladera, Punto 14 (Long. 427599.326 lat. 3102707.579). Aquí continúa la ascensión hasta alcanzar la cota 50 m en el Punto 16 (long. 427501.654 lat. 3102612.999).

Sur: a partir del Punto 16 la línea continúa ladera arriba hasta la cota 75, en el Punto 17 (long. 427472.272 lat. 3102640.029, entre la Degollada de Cho Mariano y la Morreta de Cho Manuel, en la zona de Las Veredas. La delimitación continúa sin abandonar la cota 75 m rodeando por el este y el norte la Morreta de Cho Manuel, hasta el Punto 34 (long. 427318.294 lat. 3103166.898), desde donde bordea la Morreta por el oeste hasta el cauce del Barranco del Jordán, Punto 38 (long. 427248.673 lat. 3102931.783). Siguiendo la cota anterior parte en dirección hacia el Morro de Antonio Caiga, llegando al Punto 45 (long. 427125.919 lat. 3103185.489), aquí desciende para unirse con el Punto 1 y cerrar la delimitación.

ZONA B:

Esta zona se localiza en la parte norte-noroeste del Lomo de La Montañeta.

Norte: la delimitación parte del punto (long. 427694.249 lat. 3102978.842), situado en el centro del cauce del Barranco de Güigüi. A partir de aquí comienza a bordear, por la base, el Lomo de La Montañeta hasta el extremo oeste de un estanque situado al noreste, punto (long. 49427807.640 lat. 3102963.945). El límite norte termina en el extremo este, más cercano al Barranco del Risco, de dicho estanque. La línea continúa entre el estanque mencionado y una casa que se encuentra al este del mismo, pasando sobre un cuarto, situado a unos 10 m al suroeste de dicha casa, recorriendo 40 m desde el cuarto ál Punto 52 (long. 427834.365 lat. 3102890.988).

Sur: el límite sur parte de el Punto 52 y pasa entre la casa situada más al noroeste de la parte alta del Lomo de la Montañeta y un cuarto que se encuentra al sureste de la misma. De aquí parte hasta el punto 54 (long. 427766.025 lat. 3102848.281, desde donde comienza a descender por la ladera oeste del Lomo, pasando a 5 m al sur del estanque situado en esta ladera y cortando la pista que llega hasta el mismo desde la carretera C-810, así como la que entra hasta esta zona, desde el cauce del Barranco del Risco, por el Barranco de Güigüi. El extremo oeste de esta zona lo marca una construcción existente bajo la pista que entra por el barranco, Punto 56 (long. 427707.612 lat. 3102846.296).

Oeste: desde el Punto 56 la línea recorre 100 m por el Barranco de Güigüi hasta llegar al Punto 57 (long. 427681.268 lat. 3102912.760). Desde aquí recorre 115 m por el cauce del barranco cortando la pista que pasa por el mismo hasta llegar al Punto 47 y cerrar la delimitación.

Ver anexos - páginas 13335-13337

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