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BOC Nº 099. Viernes 3 de Agosto de 2001 - 2895

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2895 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 28 de mayo de 2001, del Director, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación a los interesados en los procedimientos correspondientes en relación con infracciones en materia de empleo y protección por desempleo.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la citada resolución en los domicilios señalados a tales efectos por los interesados y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante publicación del presente anuncio, a la notificación de expedientes sancionadores por infracción en materia de empleo y protección por desempleo (artº. 30 de la Ley de 7 de abril), haciéndose pública la relación de actos que se encuentran pendientes de notificar.

Examinado el expediente sancionador iniciado por el siguiente motivo: rechazar programas de empleo, y

En relación con la reclamación previa presentada por Dña. Ana Suárez Rodríguez, con D.N.I. nº 9.433.648, con fecha 23 de marzo de 2001, contra la Resolución nº 760, de fecha 9 de marzo de 2001, y de acuerdo con lo establecido en el apartado B.5 del Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero de 1999) sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Canarias de la gestión realizada por el Inem, relativo a la potestad sancionadora, corresponde a esta Comunidad Autónoma la competencia para la iniciación de los procedimientos sancionadores y, en su caso, la imposición de las sanciones relativas a las infracciones de los trabajadores establecidas en los números 1.1, 1.2 y 2 del artº. 30 de la Ley 8/1988, de 7 abril.

Este Instituto, teniendo en cuenta lo alegado, así como la documentación aportada, ha resuelto dictar la siguiente

RESOLUCIÓN:

Confirmar íntegramente la Resolución emitida en su día, en todo su contenido.

Contra este acuerdo, podrá formular demanda en el plazo de 30 días, ante el Juzgado de lo Social, fundamentada exclusivamente en los hechos alegados en el expediente administrativo, como determinan los artículos 71 y 72 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de abril (B.O.E. nº 86, de 11 de abril).- Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2001.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2001.- El Director, p.d., el Jefe del Servicio de Administración General (Resolución nº 3.552, de 26.11.99), J. Arturo Matheu Delgado.

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