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BOC Nº 095. Lunes 30 de Julio de 2001 - 2826

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2826 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 16 de mayo de 2001, del Director, relativo a notificación de Resolución denegatoria de subvención de 18 de abril de 2001, a Antonio Peña Ramírez, en ignorado domicilio.- Expte. nº 6.953/98 Programa A.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 11 de mayo de 2001 fue efectuada la notificación de Resolución del tenor literal siguiente:

Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de D. Antonio Peña Ramírez, en representación de sí mismo, en virtud de solicitud presentada ante el Instituto Canario de Formación y Empleo de Las Palmas, el día 30 de septiembre de 1998, y registrada con el número de entrada en este Organismo 6.953, mediante la que interesa le sea concedida una subvención para la creación de 1 puesto/s de trabajo con carácter indefinido/s, de las previstas en el "Programa A. Fomento de la creación de puestos de trabajo estable", de la Resolución del Presidente del ICFEM, de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- D. Antonio Peña Ramírez solicitó, mediante escrito de fecha 30 de septiembre de 1998, y registrado en estas dependencias el día 30 de septiembre de 1998, y con el número de registro 6.953, una subvención de las previstas en el "Programa A. Fomento de la creación de puestos de trabajo estable," de la Resolución del Presidente del ICFEM, de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), por importe de 400.000 pesetas.

Segundo.- D. Antonio Peña Ramírez a requerimiento de este Organismo de fecha 15 de diciembre de 1998 aporta Impuesto de Actividades Económicas, en el que figura como fecha de alta el día 24 de noviembre de 1998, posterior por tanto a la solicitud de subvención.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- Corresponde al Instituto Canario de Formación y Empleo la competencia para conocer del presente expediente a tenor de lo establecido en la base 5ª, apartado 1, de la Resolución del Presidente del ICFEM, de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), en concordancia con el artículo 3 de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación del Instituto Canario de Formación y Empleo (B.O.C. nº 166, de 2.12.92).

II.- Corresponde al Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, por delegación del Presidente de este Organismo, la competencia para resolver el presente expediente, de conformidad con lo establecido en la base 5ª, apartado 2, de la Resolución de 2 de septiembre, ya mencionada, en concordancia con el artículo 2 del 3/1998, de 9 de enero, por el que se establece el régimen específico de las subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social y para las acciones de formación ocupacional, de la competencia del Instituto Canario de Formación y Empleo (B.O.C. nº 14, de 2.2.98).

III.- A tenor de lo establecido en la base 4ª, apartado 3.a) de la normativa reguladora señala que: "Las solicitudes, dirigidas al Director del ICFEM y ajustadas a los modelos oficiales que se facilitarán en las sedes del ICFEM, junto con la documentación que en cada caso debe acompañarlas, ...", entre otros documentos en la solicitud de subvención se señala que debe aportarse documento acreditativo de encontrarse el interesado en situación de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el momento de la solicitud, requisito que incumple la empresa Antonio Peña Ramírez, al no figurar de alta en dicho impuesto en el momento de la solicitud de subvención.

R E S U E L V O:

Primero.- Denegar la subvención solicitada por la entidad por la contratación de 1 puesto de trabajo, de las previstas en el Programa A. Fomento de la creación de puestos de trabajo estable", por los motivos expuestos en los fundamentos jurídicos de la presente Resolución.

Segundo.- Notificar al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, o bien, con carácter previo, recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de mayo de 2001.- El Director, Diego Miguel León Socorro.

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