Estás en:
Examinado el expediente tramitado por el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia para la modificación puntual de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de reorganizar y ordenar los puestos de trabajo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.
Vistos los artículos 5, 6, 15, 16 y 16.bis de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y demás disposiciones vigentes de aplicación.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Sanidad y Consumo y a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía, Hacienda y Comercio y de Presidencia e Innovación Tecnológica y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 9 de julio de 2001,
D I S P O N G O:
Artículo único.- 1. Modificar la relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, en los términos del anexo I.
2. Una vez introducidas las anteriores modificaciones, la relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia queda en los términos del anexo II.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de julio de 2001.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Román Rodríguez Rodríguez.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,
HACIENDA Y COMERCIO,
Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA
E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,
Julio Bonis Álvarez.
© Gobierno de Canarias