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BOC Nº 093. Viernes 27 de Julio de 2001 - 2803

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2803 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 9 de mayo de 2001, del Director, relativo a notificación de Resolución denegatoria de subvención de 18 de abril de 2001, a Ciao Gel, S.L., en ignorado domicilio.- Expte. nº 9.798/98 Programa B.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 2 de mayo de 2001 fue efectuada la notificación de Resolución del tenor literal siguiente:

Visto expediente referenciado incoado a instancia de D. Gennaro Palomba, en nombre y representación de la empresa Ciao Gel, S.L., en virtud de solicitud formulada en fecha 29 de septiembre de 1998 presentada ante el Instituto Canario de Formación y Empleo de Santa Cruz de Tenerife, con registro de entrada 9798, mediante la que interesa le sea concedida una subvención por la conversión de 4 puestos de trabajo temporales en indefinidos, de las previstas en el Programa B (B-1), Fomento a la conversión de contratos temporales en puestos de trabajo de carácter indefinido de menores o iguales a 25 años, de la Resolución del Presidente del ICFEM de fecha 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98).

ANTECEDENTES

Primero.- De la documentación aportada por dicha empresa a los efectos de percibir la subvención, se desprende que el trabajador D. Jorge Medina Vega, incumple el requisito de la base 12ª de la convocatoria, pues según los datos que se aportan en la solicitud, el contrato temporal que se propone convertir en indefinido tiene fecha de 1 de septiembre de 1998, una vez publicada la convocatoria.

Segundo.- Que consta en el libro de matrícula presentado que los trabajadores D. Oliver Domínguez Peña, D. José Jacobo López Pérez y D. Juan Antonio Rodríguez Suárez causaron baja, sin que este Organismo tenga constancia de su sustitución.

CONSIDERACIONES

I.- Corresponde al Instituto Canario de Formación y Empleo la competencia para conocer el presente expediente a tenor de lo establecido en la base 5ª, apartado 1, de la Resolución del Presidente del ICFEM, de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), en concordancia con el artículo 3 de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación del Instituto Canario de Formación y Empleo (B.O.C. nº 166, de 2.12.92).

II.- Corresponde al Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, por delegación del Presidente de este Organismo, la competencia para resolver el presente expediente, de conformidad con lo establecido en la base 5ª, apartado 2, de la Resolución de 2 de septiembre, ya mencionada, en concordancia con el artículo 2 del Decreto 3/1998, de 9 de enero, por el que se establece el régimen específico de las subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social y para las acciones de formación ocupacional, de la competencia del Instituto Canario de Formación y Empleo (B.O.C. nº 14, de 2.2.98).

III.- Resulta aplicable lo previsto en la base 12ª de la normativa reguladora de la subvención, ya que el contrato temporal que se pretende convertir en indefinido del trabajador D. Jorge Medina Vega, no cumple con el requisito señalado en la citada base al realizarse el 1 de septiembre de 1998, posterior por tanto a la convocatoria de subvención.

IV.- Que la empresa solicitante no cumple con las obligaciones señaladas en la base 4ª, apartado 5, de la Resolución del Presidente del ICFEM de 20 de agosto de 1998. En la citada base se señala que cualquier alteración que se produzca en los datos relativos al trabajador por el que se solicita subvención en el tiempo que media entre la presentación de la solicitud y la resolución expresa de ésta, deberá comunicarse al ICFEM en un plazo no superior a diez días desde que se origina la alteración, a los efectos de que el Instituto adapte la tramitación del expediente a las nuevas circunstancias del trabajador. No obstante deberá tenerse en cuenta que para tener acceso a la subvención solicitada el trabajador sustituto deberá reunir todos los requisitos establecidos en el correspondiente programa, obligación que no se cumple al no comunicar la sustitución de los trabajadores que causaron baja en la citada entidad, D. Oliver Domínguez Peña, D. José Jacobo López Pérez y D. Juan Antonio Rodríguez Suárez.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Denegar la subvención solicitada por la empresa Ciao Gel, S.L., por la conversión de 4 puestos de trabajo temporales en indefinidos, de las previstas en el Programa B (B1) "Trabajadores menores o iguales a 25 años de edad en el momento de la solicitud", de la Resolución del Presidente del ICFEM de fecha 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), por los motivos expuestos.

Notifíquese al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, o bien, con carácter previo, recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualesquier otro que pudieran formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2001.- El Director, Diego Miguel León Socorro.

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