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Advertidos errores en la Resolución de 25 de mayo de 2001, por la que se convoca concurso de méritos para cubrir, en régimen de comisión de servicios o adscripción provisional, plazas vacantes para el curso 2001/2002 en Programas Educativos de las Direcciones Generales de Promoción Educativa y de Ordenación e Innovación Educativa, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 71, de 8 de junio de 2001.
De conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que faculta a las Administraciones Públicas a corregir en cualquier momento sus errores materiales o de hecho, esta Dirección General
R E S U E L V E:
1º) En la página 7212, bases comunes, párrafo segundo del apartado c), punto 8.1, donde dice: "Comprobar que los participantes que lo hagan por el apartado 2.3 puedan .../...", debe decir: "Comprobar que los participantes que lo hagan por el apartado 2.3 y 2.4 puedan ejercer ... "
2º) En la página 7215, en el apartado 2.1.1, donde dice: "Por cada curso escolar .../... a invidentes:" debe decir: "Por cada curso escolar .../... a invidentes: 4 puntos por cursos".
3º) En la página 7219, párrafo segundo, del apartado 2.1.1, donde dice: "Por cada curso escolar con destino en Centros de integración preferente de alumnos con necesidades educativas especiales por déficit motor", debe decir: "Por cada curso escolar con destino en Centros de integración preferente de alumnos con necesidades educativas especiales por déficit motor: 4 puntos".
4º) En la página 7219, letra a), del apartado 2.1.2, donde dice: "Por la participación en seminarios, encuentros o cursos con una duración mínima de 15 horas, relacionados con la Educación de Invidentes (técnicas específicas)", debe decir: "Por la participación en seminarios, encuentros o cursos con una duración mínima de 15 horas, relacionados con la Educación de motóricos (técnicas específicas)".
5º) En la página 7220, letra c), del apartado 2.1.2, donde dice: "Por la actuación como ponente en seminarios, cursos o jornadas de formación y perfeccionamiento del profesorado, relacionados con la Educación de Invidentes (técnicas específicas)", debe decir: "Por la actuación como ponente en seminarios, cursos o jornadas de formación y perfeccionamiento del profesorado, relacionados con la Educación de motóricos (técnicas específicas)".
6º) En la página 7220, letra a), del apartado 2.1.3, donde dice: "Por cada artículo de publicación especializada sobre educación de invidentes, acreditado ...", debe decir: "Por cada artículo de publicación especializada sobre la educación de motóricos, acreditado ...".
7º) En la página 7220, letra b), del apartado 2.1.3, donde dice: "Por publicación de material de apoyo a la educación de invidentes, acreditado", debe decir: "Por publicación de material de apoyo a la educación de motóricos, acreditado ...".
8º) En la página 7221, apartado a), del punto 2.1.3, donde dice: "Por cada artículo de publicación .../... o fotocopia cotejada o compulsada del mismo.", debe decir: "Por cada artículo de publicación .../... o fotocopia cotejada o compulsada del mismo: 0,50 puntos por cada publicación".
9º) En la página 7221, apartado b), del punto 2.1.3, donde dice: "Por publicación .../... o fotocopia cotejada o compulsada del mismo.", debe decir: "Por cada artículo de publicación .../... o fotocopia cotejada o compulsada del mismo: 0,50 puntos por cada publicación".
10º) En la página 7223, en el punto 2.1, donde dice: "Méritos adecuados a las características del puesto de trabajo a desempeñar.", debe decir: "Méritos adecuados a las características del puesto de trabajo a desempeñar: (máximo 29 puntos)".
11º) En la página 7224, en el apartado 2.1.2 "Formación y perfeccionamiento", se añade "Máximo 12 puntos".
12º) En la página 7224, en el apartado a), del punto 2.1.2, donde dice: "Participación en seminarios .../... en módulos de 10 horas y despreciando las fracciones.", debe decir: "Participación en seminarios .../... en módulos de 10 horas y despreciando las fracciones: 0,5 puntos por cada módulo (máximo 3 puntos)".
13º) En la página 7224, en el apartado b), del punto 2.1.2, donde dice: "Por la participación en seminarios .../... en módulos de 10 horas y despreciando las fracciones.", debe decir: "Por la participación en seminarios .../... en módulos de 10 horas y despreciando las fracciones: 0,5 puntos por cada módulo (máximo 3 puntos)".
14º) En la página 7224, en el apartado c), del punto 2.1.2, donde dice: "Por la participación en seminarios .../... en módulos de 10 horas y despreciando las fracciones.", debe decir: "Por la participación en seminarios .../... en módulos de 10 horas y despreciando las fracciones: 0,5 puntos por cada módulo (máximo 3 puntos)".
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente éste o se produzca su desestimación presunta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de junio de 2001.- El Director General de Personal, Alberto Génova Galván.
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