Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 082. Miércoles 4 de Julio de 2001 - 2489

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2489 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 16 de mayo de 2001, que notifica la resolución de la compraventa realizada por D. Miguel Celso Tadeo Pérez sobre la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Padre Anchieta, bloque 114, 2º B, cuenta nº 856, término municipal de La Laguna (Tenerife).

Descargar en formato pdf

Siendo ignorado el paradero de D. Miguel Celso Tadeo Pérez, a efectos de notificación de la resolución de la compraventa realizada sobre la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Padre Anchieta, bloque 114, 2º B, cuenta nº 856, término municipal de La Laguna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda

R E S U E L V E:

Notificar a D. Miguel Celso Tadeo Pérez lo siguiente:

Es de referencia la compraventa realizada por D. Miguel Celso Tadeo Pérez en fecha 8 de febrero de 1982, por medio de la cual adquiere del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Padre Anchieta, bloque 114, 2º B, cuenta nº 856, término municipal de La Laguna, fijándose como precio de la compra dos millones ciento treinta y siete mil novecientas ochenta y seis (2.137.986) pesetas, abonándose como entrega inicial ciento seis mil ochocientas noventa y nueve (106.899) pesetas y el resto en plazos mensuales durante 25 años, certificándose por la empresa encargada de la recaudación de créditos de la Dirección General de Vivienda que se adeudan entre capital e intereses dos millones doscientas ochenta y cinco mil novecientas cuarenta y nueve (2.285.949) pesetas correspondientes a las mensualidades de marzo de 1985 hasta mayo de 2001.

En relación a lo expresado, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.124 y 1.504 del Código Civil, la falta de pago de cualquiera de las mensualidades señaladas faculta la resolución de las obligaciones contraídas, notificándose, en consecuencia, a D. Miguel Celso Tadeo Pérez que por esta Dirección General de Vivienda, se procede a la resolución de la compraventa de la vivienda antes descrita.

Asimismo, resuelta la compraventa, deberá desalojar la vivienda y poner a disposición de este Centro Directivo las llaves de la misma en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación, procediéndose en caso contrario a su lanzamiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 2001.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

© Gobierno de Canarias