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Visto el Texto Refundido de la modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Candelaria que afecta a la ASU-28, Huertas de don Pablo.
Resultando que la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 12 de marzo de 2001, acordó suspender su aprobación definitiva a fin de que se subsanasen los reparos que en el propio acuerdo se hicieron constar.
Resultando que el Servicio correspondiente de la Dirección General de Ordenación del Territorio informa que los reparos señalados han sido subsanados por el Ayuntamiento en la documentación refundida aprobada por el Pleno de la Corporación el 28 de marzo de 2001.
Considerando que la Comisión facultó al titular de este Departamento para la toma de conocimiento de la documentación rectificada.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Tomar conocimiento de la documentación rectificada y refundida de la modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Candelaria que afecta a la ASU-28, Huertas de don Pablo, declarando su aprobación definitiva.
La presente Orden Departamental agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de mayo de 2001.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,
Fernando José González Santana.
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