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Mediante Resolución de fecha 2 de mayo de 2001, hecha pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nš 59, de fecha 16 de mayo de 2001, el Ilmo. Alcalde-Presidente dispuso la modificación del apartado c) de la base segunda, relativa al requisito de titulación incluyéndose entre las Diplomaturas Universitarias exigidas, la superación del Primer Ciclo de la Licenciatura de Pedagogía (según Resolución de 29 de abril de 1994, del Rectorado de la Universidad de La Laguna, B.O.E. nš 118/1994, de 18 de mayo, u otros Planes de reforma de estudios de Licenciado en Pedagogía, que se hubieran aprobado por otras Universidades, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 29 y 30 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria). Dispuso, asimismo, la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, fijándose los derechos de examen en tres mil pesetas.
Las plazas, vacantes en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se encuadran en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase de Técnico Medio.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 2001.- La Responsable del Área, María Pilar Rodríguez Amador.
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