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En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
D I S P O N G O:
Uno.- Delegar en el Viceconsejero de la Presidencia la competencia para la autorización, disposición, reconocimiento de la obligación y propuesta de pago de los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 19.01.121C.226.09 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2001, hasta un importe máximo de treinta y seis millones (36.000.000) de pesetas (216.364,36 euros).
Dos.- En los actos que se adopten en ejercicio de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.
Tres.- La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de junio de 2001.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,
HACIENDA Y COMERCIO,
Adán Martín Menis.
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