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BOC Nº 071. Viernes 8 de Junio de 2001 - 844

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

844 - Dirección General de Personal.- Resolución de 28 de mayo de 2001, por la que se hace pública la composición e isla de actuación del Tribunal que ha de juzgar la prueba de adquisición de la especialidad de Tecnología correspondiente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

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De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la Orden de 9 de abril de 2001, por la que se convoca prueba para la adquisición de la especialidad de Tecnología, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (B.O.C. de 2 de mayo), cuyo subapartado 6.3 fue modificado por Orden de 24 de mayo de 2001, procede hacer pública la composición y la isla de actuación del Tribunal que ha de juzgar dicho procedimiento.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Primero.- El Tribunal que ha de juzgar la prueba para la adquisición de la especialidad de Tecnología correspondiente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria estará compuesto por los siguientes funcionarios docentes de carrera:


Presidente titular: Martín Hernández, Francisco Alberto 42.010.086

Vocal-Secretario titular: Artiles Ortega, Manuel 42.752.857

Vocal titular: Vera Cominges, Antonio 42.580.172

Vocal titular: Vega González, Isidro 10.046.728

Vocal titular: Trujillo Ramírez, José 42.771.640

Presidente suplente: Pardo Alfonso, José 10.815.319

Vocal-Secretario suplente: Díaz García, José Tomás 42.749.615

Vocal suplente: Hernández Sosa, Juan 42.747.997

Vocal suplente: Briega Retana, Alberto 42.749.152

Vocal suplente: Pérez Guillén, Ángel 42.731.841


Segundo.- La sede de actuación del citado Tribunal estará situada en la isla de Gran Canaria y se hará pública por el Tribunal, antes del 15 de junio de 2001, en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, en la misma resolución por la que se anuncien las fechas y horas del acto de presentación de aspirantes y del inicio de la prueba, conforme a lo dispuesto en el subapartado 7.2 de la Orden de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél se resuelva expresamente o se produzca su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de mayo de 2001.- El Director General de Personal, Alberto Génova Galván.

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