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BOC Nº 070. Miércoles 6 de Junio de 2001 - 2059

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2059 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 10 de abril de 2001, sobre notificación de Propuesta de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 59/00, dirigida a Dña. Gioconda Cristofano Carusone, en ignorado domicilio.

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Siendo ignorado el domicilio de Dña. Gioconda Cristofano Carusone, a efectos de la notificación de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 59/00, tramitado por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública de la que es adjudicataria, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza I-9, portal 3, piso 2º A, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda

R E S U E L V E:

Notificar a Dña. Gioconda Cristofano Carusone la Propuesta de Resolución de fecha 9 de abril de 2001, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva acuerda textualmente:

"Sea resuelta la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza I-9, portal 3, piso 2º A, desahuciando a Dña. Gioconda Cristofano Carusone por no destinarla como domicilio habitual y permanente, requiriéndole para que en el plazo de quince días a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, desaloje las pertenencias que, en su caso, pudiese tener en el inmueble, con apercibimiento de proceder de lo contrario al lanzamiento de cuantos muebles y enseres de su propiedad se encontrasen en el mismo.

El lanzamiento sería ejecutado por esta Dirección General de Vivienda, que designaría las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabaría la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.C. nº 216, de 7 de septiembre), se le notifica que tiene un plazo de ocho días a partir del siguiente a la publicación de la presente para alegar cuanto considere a su defensa, significándole que transcurrido dicho plazo sin cumplimentarlo, se tendrá por realizado el presente trámite."

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de abril de 2001.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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