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R E S U E L V O:
1.- Notificar a las personas físicas y jurídicas que se citan, las comunicaciones de la composición del Colegio Arbitral y Citación a la Audiencia.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, las correspondientes comunicaciones de la composición del Colegio Arbitral y Citación a la Audiencia para su publicación en el tablón de edictos.
1) EXPEDIENTE Nē 104/2001.
Designación de la composición del Colegio Arbitral.
Recibido por esta Junta Arbitral la solicitud de arbitraje, cuyos datos figuran en el expediente señalado, por la presente y conforme al artē. 11.1 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, se designan como integrantes del Colegio Arbitral que decidirá la controversia existente:
Presidente: D. Javier Cosio Romero.
Suplente: D. Mario Anitua Roldán.
Representante del sector de consumidores: D. José Manuel Quesada Frigolet.
Suplente: D. Germán Hernández Rodríguez.
Propuesto por la Asociación de Consumidores.
Representante del sector empresarial: D. Obdulio Falcón Mendoza.
Suplente: Dña. Yolanda Falcón Bonilla.
Propuesto por la Organización Empresarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2001.-El Presidente de la Junta Arbitral, Antonio Cruz Caballero.
EXPEDIENTE Nē 104/2001.
Comunicación de la composición del Colegio Arbitral y Citación a la Audiencia.
Reclamante: Victoria del Rosario Roque.
Reclamado: Compañía Insular del Gas, S.L., Compañía Insular del Gas, S.L.
Formalizado el Convenio Arbitral entre las partes citadas, se le comunica la composición del Colegio Arbitral que decidirá la cuestión litigiosa, y que ha sido designado de conformidad con lo establecido en el artē. 11 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo:
Presidente: D. Javier Cosio Romero.
Suplente: D. Mario Anitua Roldán.
Representante del sector de consumidores: D. José Manuel Quesada Frigolet.
Suplente: D. Germán Hernández Rodríguez.
Propuesto por la Asociación de Consumidores.
Representante del sector empresarial: D. Obdulio Falcón Mendoza.
Suplente: Dña. Yolanda Falcón Bonilla.
Asimismo se le informa del señalamiento de la Audiencia que se celebrará en:
Lugar: Francisco Gourie, 65, 5Ē.
Día: 26 de julio de 2001.
Hora: 12,00.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2001.-La Secretaria de la Junta Arbitral, María Luisa Rivero Gómez.
NOTAS:
1. El artículo 10 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, que regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece que las partes podrán actuar por sí o debidamente representadas. En este caso se acreditará documentalmente la representación.
2. La inactividad de las partes en el procedimiento arbitral no impedirá que se dicte el laudo.
3. En el acto de la Audiencia las partes podrán presentar los documentos y las alegaciones que consideren necesarias para la mayor defensa de sus intereses.
2) EXPEDIENTE Nē 105/2001.
Designación de la composición del Colegio Arbitral.
Recibido por esta Junta Arbitral la solicitud de arbitraje, cuyos datos figuran en el expediente señalado, por la presente y conforme al artē. 11.1 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, se designan como integrantes del Colegio Arbitral que decidirá la controversia existente:
Presidente: Dña. Amparo Rosales Fabra.
Suplente: D. Mario Anitua Roldán.
Representante del sector de consumidores: D. José Manuel Quesada Frigolet.
Suplente: D. Germán Hernández Rodríguez.
Propuesto por la Asociación de Consumidores.
Representante del sector empresarial: D. Obdulio Falcón Mendoza.
Suplente: Dña. Yolanda Falcón Bonilla.
Propuesto por la Organización Empresarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2001.-El Presidente de la Junta Arbitral, Antonio Cruz Caballero.
EXPEDIENTE Nē 105/2001.
Comunicación de la composición del Colegio Arbitral y citación a la Audiencia.
Reclamante: Dña. Milagrosa Santiago Roque.
Reclamado: Compañía Insular del Gas, S.L., Compañía Insular del Gas, S.L.
Formalizado el Convenio Arbitral entre las partes citadas, se le comunica la composición del Colegio Arbitral que decidirá la cuestión litigiosa, y que ha sido designado de conformidad con lo establecido en el artē. 11 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo:
Presidente: Dña. Amparo Rosales Fabra.
Suplente: D. Mario Anitua Roldán.
Representante del sector de consumidores: D. José Manuel Quesada Frigolet.
Suplente: D. Germán Hernández Rodríguez.
Propuesto por la Asociación de Consumidores.
Representante del sector empresarial: D. Obdulio Falcón Mendoza.
Suplente: Dña. Yolanda Falcón Bonilla.
Asimismo se le informa del señalamiento de la audiencia que se celebrará en:
Lugar: Francisco Gourie, 65, 5Ē.
Día: 26 de julio de 2001.
Hora: 10,00.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2001.- La Secretaria de la Junta Arbitral, María Luisa Rivero Gómez.
NOTAS:
1. El artículo 10 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, que regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece que las partes podrán actuar por sí o debidamente representadas. En este caso se acreditará documentalmente la representación.
2. La inactividad de las partes en el procedimiento arbitral no impedirá que se dicte el laudo.
3. En el acto de la audiencia las partes podrán presentar los documentos y las alegaciones que consideren necesarias para la mayor defensa de sus intereses.
3) EXPEDIENTE Nē 106/2001.
Designación de la composición del Colegio Arbitral.
Recibido por esta Junta Arbitral la solicitud de arbitraje, cuyos datos figuran en el expediente señalado, por la presente y conforme al artē. 11.1 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, se designan como integrantes del Colegio Arbitral que decidirá la controversia existente:
Presidente: D. Mario Anitua Roldán.
Suplente: D. Javier Cosio Romero.
Representante del sector de consumidores: D. José Manuel Quesada Frigolet.
Suplente: D. Germán Hernández Rodríguez.
Propuesto por la Asociación de Consumidores.
Representante del sector empresarial: D. Obdulio Falcón Mendoza.
Suplente: Dña. Yolanda Falcón Bonilla.
Propuesto por la Organización Empresarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2001.- El Presidente de la Junta Arbitral, Antonio Cruz Caballero.
EXPEDIENTE Nē 106/2001.
Comunicación de la composición del Colegio Arbitral y citación a la audiencia.
Reclamante: Herminia Melián Díaz.
Reclamado: Compañía Insular del Gas, S.L., Compañía Insular del Gas, S.L.
Formalizado el Convenio Arbitral entre las partes citadas, se le comunica la composición del Colegio Arbitral que decidirá la cuestión litigiosa, y que ha sido designado de conformidad con lo establecido en el artē. 11 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo:
Presidente: D. Mario Anitua Roldán.
Suplente: D. Javier Cosio Romero.
Representante del sector de consumidores: D. José Manuel Quesada Frigolet.
Suplente: D. Germán Hernández Rodríguez.
Propuesto por la Asociación de Consumidores.
Representante del sector empresarial: D. Obdulio Falcón Mendoza.
Suplente: Dña. Yolanda Falcón Bonilla.
Asimismo se le informa del señalamiento de la Audiencia que se celebrará en:
Lugar: Francisco Gourie, 65, 5Ē.
Día: 26 de julio de 2001.
Hora: 11,00.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2001.- La Secretaria de la Junta Arbitral, María Luisa Rivero Gómez.
NOTAS:
1. El artículo 10 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, que regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece que las partes podrán actuar por sí o debidamente representadas. En este caso se acreditará documentalmente la representación.
2. La inactividad de las partes en el procedimiento arbitral no impedirá que se dicte el laudo.
3. En el acto de la audiencia las partes podrán presentar los documentos y las alegaciones que consideren necesarias para la mayor defensa de sus intereses.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2001.- El Director General de Consumo, Gonzalo Olarte Cullen.
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