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R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 12 de marzo de 2001, por el que se aprueba definitivamente el expediente de tasación conjunta de la Unidad de Actuación del P.E.R.I. Prolongación Pedro Infinito, promovido por la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución Prolongación Pedro Infinito, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de mayo de 2001.- El Director General de Ordenación del Territorio, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 12 de marzo de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar definitivamente el expediente de tasación conjunta de la Unidad de Actuación del P.E.R.I. Prolongación Pedro Infinito, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Segundo.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Cabildo Insular de Gran Canaria y al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que deberá notificar a todos y cada uno de los interesados personados en el expediente, la presente Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la fecha en que se practique su notificación, salvo que se trate de una Administración Pública, en cuyo caso será de aplicación lo establecido en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, que se producirá transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado la resolución del mismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo indicado en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Si no se interpusiera recurso de reposición en plazo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación del presente acto administrativo.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Armando Villavicencio Delgado.
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