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2001/069 - Lunes 4 de Junio de 2001

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

Regresar al sumario 809 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 15 de mayo de 2001, por la que se hace pública la selección del aspirante que ha superado las pruebas selectivas para la provisión con carácter interino de una plaza adscrita al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo B), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, vacante en la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, convocada por Orden de la Consejería de Presidencia de 22 de noviembre de 2000.

Terminadas las pruebas selectivas para el ingreso, con carácter interino, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo B), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia de 22 de noviembre de 2000 (B.O.C. nš 156, de 29.11.00), y vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador, esta Dirección General, según lo previsto en la base 10 de las que rigen las pruebas mencionadas,

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar la relación definitiva del aspirante que ha superado las pruebas, con la puntuación total obtenida, y que se relaciona a continuación:

NOMBRE Y APELLIDOS: Dimas Lodos Cuyas.

PUNTUACIÓN: 127.

Segundo.- En el plazo de diez días naturales a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, el aspirante seleccionado deberá presentar en la Dirección General de la Función Pública, instancia acompañada de la siguiente documentación:

a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado los estudios necesarios para la obtención del título.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1, apartado d), de la citada convocatoria.

d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Tercero.- Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria no podrá ser nombrado funcionario interino y quedarán anuladas sus actuaciones.

Contra la presente Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o de la circunscripción en la que tenga su domicilio el recurrente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, podrá interponerse en vía administrativa el recurso potestativo de reposición, ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2001.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

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