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De acuerdo con la propuesta formulada por el Consejero de Presidencia e Innovación Tecnológica y en cumplimiento de la Orden dictada por el Consejero de Economía, Hacienda y Comercio de 9 de abril de 2001, por la que se dispone que se publiquen las razones que justifican el empleo del sistema de adjudicación directa en la tramitación del procedimiento de contratación patrimonial para el arrendamiento del local nº 7 de la 1ª planta del Edificio Urbis sito en la calle León y Castillo, 431, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, con destino a la ampliación de la sede de la Dirección General de Seguridad y Emergencias, esta Dirección General hace público que el motivo determinante de la adjudicación directa radica en la singularidad de la necesidad a satisfacer, ya que este local linda con las dependencias administrativas de la Dirección General de Seguridad y Emergencias, la cual necesita contar con una mayor superficie para ubicar a su personal y centralizar la gestión de sus competencias en un mismo inmueble, y por tal razón y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, apartados 3º y 4º, de la Ley territorial 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, se prescinde del concurso público.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de abril de 2001.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Alfonso Fernández Molina.
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