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BOC Nº 061. Viernes 18 de Mayo de 2001 - 728

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

728 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 17 de abril de 2001, por la que se convoca el VII Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad.

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El desfavorecimiento social de las mujeres es una realidad ampliamente reconocida en la actualidad, y que está suscitando numerosas iniciativas por parte de instituciones y organizaciones diversas tendentes a su compensación. Por otra parte, la compensación de las desigualdades es una de las finalidades que la L.O.G.S.E. le atribuye al Sistema Educativo. Las Administraciones educativas tienen pues el deber inexcusable de favorecer y potenciar todas aquellas iniciativas que conlleven la aproximación o incorporación de la educación para la igualdad entre los sexos como eje transversal de la práctica docente.

En esta línea de favorecer la igualdad de oportunidades de las mujeres, esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes viene convocando anualmente el "Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad", como un reconocimiento y rememoración de una fecha especialmente significativa, y como un incentivo a las comunidades educativas que vienen planificando y realizando actividades desde una perspectiva coeducativa, realidad cada vez más creciente en nuestros centros escolares.

En la presente edición se introducen novedades con respecto a las pasadas, en el sentido de instituir una modalidad dirigida especialmente a la participación protagonista del alumnado en las categorías de carteles y relatos cortos, manteniéndose la tradicional de proyectos de actividades en centros.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 15, letra e), del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar el "VII Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad", en las modalidades que a continuación se señalan, cuyos requisitos, condiciones y demás características se especifican en las bases contenidas en el anexo I de esta Resolución:

a) Modalidad: "Educar para la Igualdad en Centros Escolares", para premiar proyectos de actividades, de actuaciones y de intervenciones en los centros.

b) Modalidad: "Coeducándome", para premiar la inventiva, asimilación y formación coeducativa del alumnado, en las categorías de cartel y de relato corto.

Segundo.- Los créditos, consignados y reservados para financiar los premios que se establecen y concedan, conforme a la distribución que se detalla en las bases contenidas en el anexo I de esta Resolución, ascienden a la cantidad de un millón (1.000.000) de pesetas con cargo a la siguiente cobertura presupuestaria.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01.18.03.421B.640.99.

PROYECTO DE INVERSIÓN: 01618600 (Financiación Programas y Proyectos de Innovación Educativa).

IMPORTE: 1.000.000 de pesetas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de abril de 2001.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

A N E X O I

BASES DEL VII CONCURSO 8 DE MARZO: EDUCAR PARA LA IGUALDAD.

Primera.- Premios.

Se establecen los siguientes premios del Concurso 8 de Marzo:

1. Modalidad: "Educar para la Igualdad en Centros Escolares".

Un primer premio de 225.000 pesetas.

Un segundo premio de 160.000 pesetas.

Un tercer premio de 100.000 pesetas.

2. Modalidad: "Coeducándome".

Categoría cartel:

Infantil: quince mil (15.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Primaria: veinte mil (20.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Secundaria: veinticinco mil (25.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Bachillerato, Ciclos Formativos, Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y otros: treinta mil (30.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Categoría relato corto:

Primaria: veinte mil (20.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Secundaria: veinticinco mil (25.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Bachillerato, Ciclos Formativos, Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y otros: treinta mil (30.000) pesetas para la alumna o alumno premiado, cincuenta mil (50.000) pesetas para el centro.

Segunda.- Participación.

1. Modalidad "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

Podrán participar en esta modalidad los centros públicos y privados concertados del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, que impartan enseñanzas de Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y C.O.U., Formación Profesional, Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, Conservatorios de Música, Enseñanzas Oficiales de Idiomas y de Educación de Personas Adultas. La participación y presentación podrá ser suscrita por el centro en su conjunto, por un grupo del profesorado, por aulas, niveles educativos o cualquier otro agrupamiento. En todo caso deberá figurar siempre un profesor o profesora del centro como responsable o coordinador del proyecto.

2. Modalidad "Coeducándome".

Podrá participar en esta modalidad, el alumnado de todos los centros públicos y privados concertados del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que imparta cualquiera de las enseñanzas señaladas para la modalidad "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

La participación por esta modalidad se hará a través del centro docente del alumnado, mediante la solicitud según modelo que se establece en el anexo correspondiente a las presentes bases, suscrita por la Dirección del Centro en la que se certifica y acredita la identificación del alumnado autor de la obra o trabajo presentado, curso, nivel y etapa de enseñanza en la que se encuentra matriculado así como el profesor coordinador de la realización de la obra o trabajo presentado.

Se podrá participar simultáneamente en cualquiera de las dos categorías de esta modalidad, cartel y relato corto.

Tercera.- Características y requisitos de los trabajos.

En ambas modalidades, los trabajos presentados tendrán como tema la Igualdad de Oportunidades para Ambos Sexos, con contenidos diversos, como violencia de género, reparto de las tareas domésticas, utilización del ámbito público y privado, estereotipos sexistas, opciones profesionales y otros que se consideren de relación.

1. Modalidad "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

El enfoque de las actividades es totalmente libre, si bien, deberán contribuir a la consideración de la coeducación como eje transversal del proyecto educativo y curricular, concretándose en torno al desarrollo de prácticas coeducativas y actividades de sensibilización sobre el sexismo y la igualdad de género.

2. Modalidad "Coeducándome".

Categoría cartel:

a) Las obras podrán ser realizadas por los procedimientos y técnicas siguientes:

- Dibujo, grabado, estampación, collage, con lápiz, ceras, creyones, témperas, tintas.

- Pintura con óleos, acrílicos, acuarelas.

- Diseño por ordenador.

b) Las características de los soportes y sus tamaños serán las siguientes:

- Dibujos sobre papel tamaños entre un A4 (210 x 297 mm) y un A3 (297 x 420 mm).

- Pintura: soportes y tamaño libre.

- Trabajos de volumen, materiales y tamaño libre.

- Trabajos de ordenador: tamaño A4 o A3, debiendo presentar en este caso ejemplar impreso en papel y la unidad de almacenamiento correspondiente (disquete, zip, etc.), conteniendo el trabajo.

c) La obra debe aportar un título y la especificación de los contenidos trabajados en ella.

Categoría relato corto:

a) Los relatos deben contar con un mínimo de 2 páginas y un máximo de 6 para Primaria. En Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Escuelas de Enseñanza de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, Conservatorios de Música, Escuelas Oficiales de Idiomas y Centros de Educación de Personas Adultas, el mínimo será de 4 y el máximo de 8 páginas.

b) Cada trabajo se presentará en sobre cerrado, añadiendo en él la ficha de participación.

c) En el sobre se debe especificar el nombre del centro participante.

d) Si el relato estuviera escrito a mano, la letra deberá ser clara y legible.

Cuarta.- Documentación.

1. Modalidad "Educar para la Igualdad en los Centros Escolares".

- Solicitud de participación según modelo que se especifica en el anexo correspondiente a estas bases.

- Memoria evaluación del desarrollo del programa de actividades diseñadas y realizadas tanto dentro como fuera del aula.

- Acreditación de la realización de dichas actividades mediante certificación al efecto de la Secretaría del Centro.

- Optativamente se podrán presentar reportajes fotográficos o audiovisuales sobre los aspectos más significativos del trabajo desarrollado.

2. Modalidad "Coeducándome".

- Solicitud de participación según modelo que se establece en el anexo correspondiente a las presentes bases, suscrita por la Dirección del Centro en la que se certifica y acredita la identificación del alumnado autor de la obra o trabajo presentado, curso, nivel y etapa de enseñanza en la que se encuentra matriculado así como el profesor coordinador de la realización de la obra o trabajo presentado.

- Entrega de la obra conforme a las siguientes formalidades:

a) En la categoría de cartel, éste deberá presentarse en sobre cerrado con la especificación en el reverso del cartel, del título de la obra, de los datos de identificación del alumnado autor así como del centro y etapa de los estudios que cursa y la especificación en ficha adjunta cumplimentada por el profesorado coordinador, de los contenidos abordados en la obra.

b) En la categoría de relato corto, éste deberá presentarse en sobre cerrado añadiendo en el mismo igualmente una ficha de identificación del alumnado autor así como del centro y etapa de los estudios que cursa.

c) En ambas categorías, el sobre conteniendo las obras y la documentación señalada anteriormente deberá identificar al alumnado participante, su centro correspondiente e indicar expresamente "VII Concurso 8 de Marzo: Educar para la Igualdad".

Quinta.- Lugar y plazo de presentación.

Toda la documentación indicada en la base anterior así como los proyectos y obras que se presenten al concurso serán presentadas en el Registro del Centro del Profesorado al que esté adscrito el centro educativo o en las sedes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

El plazo para participar en el concurso abarcará desde la publicación oficial de la presente Resolución hasta el 15 de junio de 2001.

Sexta.- Valoración y fallo del Jurado.

La valoración de los proyectos y obras presentados será realizada por un Jurado nombrado por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y constituido por:

Presidenta: la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa o persona en quien delegue.

Vocales:

- Tres miembros del Programa de Innovación Educativa para la Igualdad de Oportunidades entre los sexos.

- Dos asesores o asesoras de CEP, uno de ellos de Primaria y otro de Secundaria.

- Un orientador u orientadora.

- Un inspector o inspectora de Educación.

- Un profesor o profesora con experiencia en trabajos de coeducación.

Secretario: un funcionario o funcionaria de la Dirección General de Ordenación Educativa, que actuará con voz pero sin voto.

El Jurado emitirá su fallo con propuesta de adjudicación de premio antes del 30 de noviembre de 2001. Este fallo será elevado a la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, para su resolución definitiva y publicación oficial.

Los premios podrán ser declarados desiertos, teniendo, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa en este supuesto y a propuesta del Jurado, la facultad de redistribuir las dotaciones económicas de los premios desiertos entre la adjudicación de premios de accésit en la primera modalidad y segundos y terceros premios en la segunda modalidad.

Séptima.- Abono de los premios.

La dotación económica de los premios y accésit, en su caso, será abonada en pagos únicos a los centros docentes premiados, debiendo éstos a su vez proceder al abono de los premios correspondientes al alumnado concursante por la segunda modalidad, debiéndose aplicar el correspondiente a los centros docentes para su utilización en material didáctico o en actividades complementarias o extraescolares relacionadas con la coeducación y con el desarrollo y contenido de los proyectos, previo conocimiento y autorización del Consejo Escolar del Centro.

A efectos de justificación, los Centros Docentes deberán remitir antes del 30 de junio de 2002, certificación del Consejo Escolar, acreditativa de la correcta aplicación de los fondos.

Octava.- Reserva de derechos de publicación, reproducción y distribución.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes se reserva el derecho de reproducir, publicar y distribuir en los centros educativos de esta Comunidad Autónoma y del Estado Español los proyectos y obras premiadas durante un plazo de cinco años, sin que los autores tengan derecho a retribución alguna diferente de la dotación del premio obtenido.

El derecho de uso, exclusivamente en centros educativos, podrá ser autorizado por esta Consejería a otras Administraciones Públicas educativas españolas.

Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del fallo del concurso.

Novena.- Base final.

La participación en el presente concurso presupone la aceptación incondicional de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.

A N E X O

Ver anexos - páginas 6203-6204

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