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2001/059 - Lunes 14 de Mayo de 2001

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1750 Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 6 de abril de 2001, del Director, relativo a notificación de requerimiento de 3 de julio de 1997, a la empresa Felicitas González Domínguez.- Expte. nē 15.453/96 (I y II).

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento de la subvención citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artē. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Felicitas González Domínguez; se hace saber a la misma que con fecha 3 de julio de 1997 fue efectuada la notificación de requerimiento del tenor literal siguiente:

"En relación con la solicitud presentada por la empresa señalada, ante el ICFEM, el día 4 de noviembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el Capítulo I, Sección 2Ē "Subvenciones a la creación de nuevos puestos de trabajo con carácter indefinido", del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nē 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere para que en el plazo improrrogable de diez días hábiles siguientes a la recepción del presente requerimiento, remita a este Organismo por duplicado y compulsada la documentación que a continuación se señala:

- Alta de Terceros en el Sistema Contable del ICFEM.

- Certificado expedido por la Administración Estatal de la Agencia Tributaria acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.

- Certificado emitido por la Seguridad Social acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente en sus obligaciones.

- Certificado emitido por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo de Canarias, acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente del I.G.I.C., y Declaración Jurada en el caso de estar exento del mismo.

- Documento que señale la situación laboral del/de los trabajador/es por el/los que se solicitó subvención.

Se le advierte que de no aportar la documentación requerida, en el plazo establecido, se procederá a tenor de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al archivo del expediente sin más trámite."

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2001.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nē 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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