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"En relación con la solicitud presentada por la empresa señalada, ante el Instituto Canario de Formación y Empleo, el día 17 de septiembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el Capítulo I, Sección 2Ē "Subvenciones a la creación de nuevos puestos de trabajo con carácter indefinido", del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nē 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles, siguientes a la recepción del presente requerimiento, remita a este Organismo por duplicado y compulsada la documentación que a continuación se señala:
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Alta en la Seguridad Social de la empresa.
- Certificado emitido por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo de Canarias, acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Certificado emitido del Inem acreditativo de que el/los trabajador/es se encuentra/n inscrito/s como demandante/s de empleo en el momento de la/s contratación/es, con indicación de la fecha de alta como tal.
- Documento que señale la situación laboral del/de los trabajador/es por el/los que se solicitó subvención.
- Otros: declaración responsable acerca del carácter temporal o indefinido de cada uno de los trabajadores con que cuenta el centro de trabajo, dado que la contenida en la solicitud de subvención genera confusión.
Se le advierte que de no aportar la documentación requerida, en el plazo establecido se procederá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al archivo del expediente sin más trámite."
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2001.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nē 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.
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