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En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 2.201/1999, de 21 de julio, en el Consejero de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la propuesta de resolución de la Jefa de Sección de Turismo y Transporte de fecha 30 de marzo de 2001, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción a la legislación de transporte por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de 15 días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Gustavo A. Piñón Villar; EXPTE.: GC/20267/0/00; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: GC-9861-CJ; INFRACCIÓN: artē. 140.a) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.a) Real Decreto 1.211/1990, CUANTÍA: 250.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar función propia de agencia de transporte de mercancías careciendo de la autorización preceptiva, ya sea para agencia central o sucursal.
2) TITULAR: Maguimarsa, S.L.; EXPTE.: GC/20262/0/00; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-2340-CH; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
3) TITULAR: Pedro S. Rodríguez Umpiérrez; EXPTE.: GC/20112/0/00; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC/9624-BX; INFRACCIÓN: artē. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
4) TITULAR: Bus Leader, S.L.; EXPTE.: GC/20396/I/00; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-4618-BZ; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 109 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 250.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público discrecional de viajeros careciendo de la tarjeta de transporte.
5) TITULAR: Domingo Trujillo Trujillo; EXPTE.: GC/20240/0/00: POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-9484-BS; INFRACCIÓN: artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización administrativa, al no poder acreditar la conducción del vehículo por trabajador de la empresa.
6) TITULAR: Nicolasa Sánchez Ortega; EXPTE.: GC/20450/0/99; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-4054-BH; INFRACCIÓN: artē. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 48 y 198.c) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización administrativa, al no poder acreditar la conducción del vehículo por trabajador de la empresa.
7) TITULAR: José R. Ojeda Quintana; EXPTE.: GC/20235/0/00; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: GC-3485-BZ; INFRACCIÓN: artē. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7, en relación con los artículos 142.m) y 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
8) TITULAR: Trudisca, S.L.; EXPTE.: GC/20189/0/00; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-0755-CD; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
9) TITULAR: Dial Spania, S.A.; EXPTE.: GC/20335/0/00; POBLACIÓN: Madrid; MATRÍCULA: TF-4464-BW; INFRACCIÓN: artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 46.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: carecer del certificado de autorización especial para el transporte de mercancías perecederas.
10) TITULAR: Dial Spania, S.A.; EXPTE.: GC/20334/0/00; POBLACIÓN: Madrid; MATRÍCULA: TF-4464-BW; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
11) TITULAR: Julián Solmia Ibay; EXPTE.: GC/20117/0/00, POBLACIÓN: La Oliva; MATRÍCULA: GC-5997-AC; INFRACCIÓN: artē. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 48 y 198.c) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización administrativa, al no poder acreditar la conducción del vehículo por trabajador de la empresa.
Puerto del Rosario, a 30 de marzo de 2001.- El Secretario General, Miguel A. Rodríguez Martínez.- Vē.Bē.: el Presidente, p.d., el Consejero Delegado de Transporte, Mario Cabrera González.
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