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Vistas las actas de los Tribunales constituidos en las islas de Gran Canaria y Tenerife, donde figuran como anexo los listados de las personas declaradas aptas en las islas de Gran Canaria, Tenerife, Fuerteventura, Lanzarote y La Palma, una vez realizadas y superadas las correspondientes pruebas antes citadas.
Vistas las demás disposiciones de aplicación y en ejercicio de las competencias delegadas,
R E S U E L V O:
Primero.- A propuesta de los Tribunales constituidos al efecto en las islas de Gran Canaria y Tenerife, declarar aptas a las personas que han superado las pruebas convocadas por Resolución de 26 de septiembre de 2000, de la Dirección General de Transportes (B.O.C. nš 136, de 13.10.00), para la obtención del certificado de capacitación profesional para las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y transporte interior e internacional de viajeros, conforme los listados que fueron elevados por los citados Tribunales a esta Dirección General.
Segundo.- Las citadas listas quedarán expuestas al público en los tablones de anuncios de la Dirección General de Transportes en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, así como en los Cabildos Insulares de Lanzarote, Fuerteventura y La Palma.
Tercero.- Se podrá interponer reclamación contra el resultado de las citadas pruebas dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en las dependencias de la Dirección General de Transportes en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, así como en los Cabildos Insulares de Lanzarote, Fuerteventura y La Palma.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de abril de 2001.- El Director General de Transportes, Francisco Zumaquero García.
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