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BOC Nº 055. Viernes 4 de Mayo de 2001 - 666

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

666 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 6 de abril de 2001, por la que se convocan cursos denominados Seminarios de reflexión y debate sobre la dirección y organización de centros públicos de enseñanzas a las que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en dos modalidades: presencial y a distancia a través de Internet.

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La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.), considera la formación permanente del profesorado como un derecho y como una obligación del mismo, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas.

Los cursos objeto de esta convocatoria están dirigidos a aquellos profesores y profesoras interesados en adquirir la formación necesaria para el desempeño de las funciones directivas, y pretenden, de una parte, desarrollar la capacidad de este profesorado para la administración y gestión de los centros, así como para la coordinación y dinamización de los recursos humanos y, de otra, posibilitar la adquisición de los conocimientos psicopedagógicos y sociológicos adecuados para propiciar la participación democrática de toda la comunidad educativa en la vida del centro.

Además, la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, de la Evaluación y el Gobierno de los Centros docentes, establece, en su exposición de motivos, que la elección de los directores de centros docentes públicos debe ser el resultado de un procedimiento que garantice al máximo el acierto de la comunidad educativa. Esta Ley prevé que el profesorado que desee acceder a la función directiva debe superar programas de formación organizados para este fin. Es por ello que la presente convocatoria está destinada también al profesorado que quiera acreditarse para esta función, según los cauces y procedimientos que establece el Decreto 59/1996, de 28 de marzo (B.O.C. de 3 de abril).

Para facilitar la formación a quienes no puedan llevarla a cabo presencialmente, dada la dificultad que supone la realidad insular de esta Comunidad Autónoma, se ofertará también una modalidad a distancia a través de Internet.

Por todo ello, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar cursos denominados "Seminarios de reflexión y debate sobre la dirección y organización de centros públicos de enseñanzas a las que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo", dirigidos al profesorado funcionario dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Segundo.- Estos cursos se convocan en dos modalidades: presencial y a distancia a través de Internet.

ORGANIZACIÓN

Tercero.- La organización de los cursos corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Cuarto.- Para llevar a cabo el diseño, organización y dirección de los cursos, esta Dirección General nombrará un director o directora para cada uno de ellos en la modalidad presencial y un tutor o tutora por cada isla en la modalidad a distancia a través de Internet.

Quinto.- Los seminarios tendrán una duración total de 77 horas y se realizarán fuera del horario lectivo.

Sexto.- La celebración de los cursos presenciales estará supeditada a la existencia de un mínimo de 25 participantes seleccionados en cada una de las islas de Gran Canaria y Tenerife o un mínimo de 15 en cada una de las islas de Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, El Hierro y La Gomera.

OBJETIVOS

Séptimo.- Los objetivos de estos seminarios serán los siguientes:

- Posibilitar la formación en dirección y organización de centros educativos al profesorado interesado en el desempeño de la función directiva.

- Motivar al profesorado para que asuma compromisos sobre la función directiva.

- Informar sobre normativa legal de aplicación común en los centros educativos de acuerdo con las características y modalidades del nuevo sistema educativo.

- Capacitar para la adquisición de estrategias de trabajo adecuadas con el fin de propiciar la participación democrática de toda la comunidad educativa en la vida del centro.

CONTENIDOS

Octavo.- Los contenidos básicos que sustentan estos seminarios serán los expresados en los módulos que se relacionan a continuación:

1. Dirección y organización de centros: normativa básica de aplicación en los centros educativos.

2. Estructura organizativa de los centros. Gestión de centros educativos. Apoyo a través de aplicaciones informáticas.

3. Dirección del currículo: de los Proyectos Curriculares a la programación de aula.

4. La participación de la comunidad educativa en la vida del centro. Las relaciones interpersonales y las relaciones con otros organismos públicos y de cualquier índole. La eficacia del trabajo colectivo.

5. La atención a la diversidad. Modalidades. El Plan de Atención a la Diversidad dentro del PCC.

6. La convivencia en el centro y la resolución de conflictos. Programa de actuación del equipo directivo de centro.

7. Evaluación del centro y procesos de mejora: formación e innovación en los centros.

EVALUACIÓN DEL CURSO Y DE LOS ASISTENTES

Noveno.- 1. La evaluación se extenderá tanto al desarrollo del curso como a los participantes en el mismo y se llevará a cabo por una Comisión integrada por el correspondiente director o directora, un profesor o profesora en representación de los asistentes y un representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

2. En la modalidad a distancia por Internet, la figura del director o directora será sustituida por el tutor o tutora en cada una de las islas.

Décimo.- La evaluación y la calificación de los asistentes -que vendrá expresada en los términos de apto y no apto- dependerá de:

A) En la modalidad presencial:

1º) La asistencia, como mínimo, al 85% del tiempo de duración total del curso.

2º) La consecución de los objetivos de formación de estos seminarios, que se valorará mediante la elaboración por parte de los participantes de una propuesta de Proyecto de Dirección.

B) En la modalidad a distancia:

1º) La asistencia será obligatoria a las sesiones de presentación del curso y a la entrega y exposición del Proyecto de Dirección.

2º) La evaluación positiva de cada uno de los cuestionarios de evaluación relativos a cada núcleo de contenidos en los que se estructura el curso.

3º) La consecución de los objetivos de formación del curso, que se valorará mediante la elaboración de una propuesta de Proyecto de Dirección.

Al finalizar cada curso, la correspondiente Comisión de Evaluación elaborará, teniendo en cuenta la valoración individual de los participantes, un informe final que recoja las propuestas de mejora para futuras convocatorias.

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Y CRITERIOS DE SELECCIÓN

Undécimo.- 1. El profesorado que concurra a esta convocatoria deberá ser funcionario de carrera de alguno de los Cuerpos docentes de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias y estar en servicio activo en el Cuerpo desde el que se opta, en la isla donde se celebre el curso.

2. Podrá participar en esta convocatoria el profesorado que no haya realizado los Seminarios de reflexión y debate convocados durante los años 1996 a 2000.

3. En el caso de que el número de las solicitudes que cumplan los requisitos supere al de plazas ofertadas, se atenderá al siguiente orden de prioridad:

1º) Profesorado que no esté acreditado para la función directiva.

2º) Profesorado que esté acreditado para la función directiva.

En cualquiera de los dos casos anteriores tendrá preferencia el profesorado que se encuentre impartiendo docencia directa en el momento de la convocatoria.

Ordenados los participantes con arreglo a la referida prelación se aplicará el siguiente baremo:

1º) Por cada año de antigüedad en el Cuerpo desde el que se opta, 0,5 puntos, contados a partir del 6º (hasta un máximo de 3), incluyendo el curso actual.

2º) Por cada año de antigüedad en su centro de destino definitivo, 0,5 puntos (hasta un máximo de 3), incluyendo el curso actual.

3º) Por cada curso escolar completo como miembro de un equipo directivo, 1 punto (hasta un máximo de 3).

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Y DOCUMENTACIÓN

Duodécimo.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Los aspirantes podrán presentar su solicitud, según modelo que figura en el anexo I, en las dependencias de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, 4, Edificio Arco Iris, 38001-Santa Cruz de Tenerife; calle León y Castillo, 57, 4º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria), o en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de presentar la solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser cerrado.

2. Las solicitudes deberán venir acompañadas de los siguientes documentos:

- Hoja de servicios emitida por la correspondiente Dirección Territorial de Educación, o, en su caso, por el secretario del centro.

- Declaración responsable, en su caso, de no estar acreditado y no haber realizado los seminarios referidos en la base undécima, apartado 2 (según modelo del anexo II).

- Declaración responsable, en su caso, de estar acreditado y no haber realizado los seminarios referidos en la base undécima, apartado 2 (según modelo del anexo III).

3. Se desestimarán las solicitudes que no vengan debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación indicada, así como las presentadas fuera de plazo.

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Decimotercero.- 1. La selección del profesorado que solicite la participación en los seminarios se hará por una Comisión, integrada por:

- Dos representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, uno de los cuales actuará como presidente.

- Un representante de la Dirección General de Centros.

- Un Inspector de Educación.

- Un director de centros públicos.

- Dos representantes elegidos de entre los directores y tutores de los cursos que se organicen.

2. A las sesiones de trabajo que programe la Comisión de Selección podrá asistir un representante de cada organización sindical de las que integran la Mesa Sectorial, debidamente acreditado al afecto, que podrá adjuntar al Acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crea oportunas.

PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN

DE PLAZAS

Decimocuarto.- 1. Las listas provisionales de admitidos y excluidos se publicarán en el plazo de diez días contados a partir de la finalización de presentación de solicitudes, en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales de cada provincia y en las Direcciones Insulares. Se establece un plazo de reclamación de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las citadas listas. En este mismo plazo se podrá renunciar a la participación en el curso.

2. Una vez estudiadas las reclamaciones y renuncias presentadas, se publicarán, en un plazo de 5 días, en las Direcciones Territoriales de Educación y en las Direcciones Insulares, las listas definitivas. Junto con las listas se harán públicos el lugar y la fecha de comienzo de los seminarios.

3. Podrá solicitarse la retirada de la documentación presentada por los concursantes una vez transcurrido un mes a partir del día de la publicación de las listas definitivas, y en un plazo no superior a tres meses, en las dependencias de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Decimoquinto.- La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las bases contenidas en la misma.

INTERPRETACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN

Y RECLAMACIONES

Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos establecidos, o la modificación de algunos aspectos organizativos, en caso necesario, para el correcto cumplimiento de los fines que persigue la convocatoria.

Contra la presente Resolución y sus bases, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Educación, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2001.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

Ver anexos - páginas 5650-5651

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