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BOC Nº 052. Viernes 27 de Abril de 2001 - 636

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

636 - Viceconsejería de Infraestructuras.- Resolución de 5 de febrero de 2001, por la que se renueva al Instituto Canario de Investigaciones en la Construcción, S.A. (Icinco) la acreditación de laboratorios de ensayos para control de calidad de la edificación.

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Vista la solicitud presentada por D. Francisco Javier Velasco Núñez, en nombre y representación del Laboratorio Icinco (Instituto Canario de Investigaciones en la Construcción, S.A.), sobre los siguientes extremos:

- Renovación de las acreditaciones:

08007HC94 Área de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua.

08007SV94 Área de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales.

Concedidas por Resolución de la Dirección General de Obras Públicas de 12 de septiembre de 1994 (B.O.C. nº 136, de 7.11.94).

Dado que el expediente se ha tramitado de acuerdo con el Decreto 38/1992, de 3 de abril, del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 47, de 13.4.92), por el que se aprueban las disposiciones reguladoras generales de la acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, el Real Decreto 1.230/1989, de 13 de octubre (B.O.E. nº 250, de 18.10.89), y las Órdenes 5.064, de 15 de febrero de 1990 (B.O.E. nº 50, de 27.2.90) y 22.093, de 5 de julio de 1990 (B.O.E. nº 212, de 4.9.90), del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, y que consta que se han cumplido todos los trámites reglamentarios.

A propuesta de la Jefatura de Calidad de la Construcción y Edificación de Las Palmas, esta Viceconsejería

HA RESUELTO:

Primero.- Conceder la renovación de la acreditación al Laboratorio Icinco, con domicilio social en calle Otto Thorensen, s/n, Muelle de Las Palmas, 35008-Las Palmas de Gran Canaria, en las áreas:

Área de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua, con referencia 08007HC01.

Área de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales, con referencia 08007SV01.

Segundo.- La presente acreditación tendrá validez en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias por un período de cinco años contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Las inspecciones periódicas para la verificación del cumplimiento de las condiciones de la acreditación durante el período de cinco años, se realizarán por la Jefatura de Calidad de la Construcción y Edificación, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.

Cuarto.- Cualquier variación en las condiciones que sirvieron de base para la acreditación del laboratorio deberá ser comunicada a esta Viceconsejería en el momento que se produzca.

Quinto.- La presente Resolución se comunicará a la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, del Ministerio de Fomento para su inscripción en el Registro General de Laboratorios Acreditados para el Control de Calidad de la Edificación, con las referencias 08007HC01 y 08007SV01.

Sexto.- La presente acreditación queda supeditada a todas las obligaciones y deberes que se deriven del Decreto 38/1992, de 3 de abril, del Real Decreto 1.230/1989, de 13 de octubre, y de las Órdenes 5.064, de 15 de febrero de 1990, y 22.093, de 5 de julio de 1990, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación/publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 2001.- El Viceconsejero de Infraestructuras, Gregorio Guadalupe Rodríguez.

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