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Providencia de enero de 2001, del Ilmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de La Palma, relativo a notificación de Resoluciones recaídas en expedientes sancionadores por infracciones a la normativa sobre transportes terrestres que se relacionan.
Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,
D I S P O N G O:
Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido incoado por la Presidencia de este Cabildo Insular por infracción administrativa contemplada en la normativa reguladora de los transportes terrestres.
El Cabildo Insular de La Palma tiene atribuida la competencia en materia de transportes terrestres que le ha sido transferida por la Disposición Adicional Primera, letra 1), de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, ejerciendo su Presidente las facultades que le atribuyen tanto el artículo 34.1.1) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, como el artículo 10.2 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Se ha nombrado Instructor de los expedientes a D. Esteban René García Quesada, que podrá ser recusado conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anuncio, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes, o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia que de no presentar alegaciones a la Resolución de iniciación, ésta podrá ser considerada Propuesta de Resolución. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 y 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se informa que el plazo máximo para la resolución y notificación del presente procedimiento será de seis meses.
1. TITULAR: Jesús Pascual Villarroya; Nº EXPTE.: 149/00; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-4187-AL; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar un transporte de paquetería careciendo de tarjeta de transporte.
2. TITULAR: Jameos Courier, S.L.; Nº EXPTE.: 150/00; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: GC-2179-CG; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar un transporte de paquetería careciendo de tarjeta de transporte.
3. TITULAR: Neil Spindler; Nº EXPTE.: 30/00; POBLACIÓN: Los Llanos de Aridane; MATRÍCULA: TF-7474-BG; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: transportar mercancías careciendo de tarjeta de transportes.
4. TITULAR: José Luis Vidal Sobral; Nº EXPTE.: 107/00; POBLACIÓN: Guía de Isora; MATRÍCULA: TF-8765-BS; INFRACCIÓN: artículos 141.b) Ley 16/1987, y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de tarjeta de transporte.
5. TITULAR: Intercana, S.A.; Nº EXPTE.: 139/00; MATRÍCULA: GC-8036-AW; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; INFRACCIÓN: artículos 141.c) Ley 16/1987, y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO: realizar un transporte privado complementario sin que el conductor guarde relación laboral con la empresa titular de la tarjeta de transporte.
6. TITULAR: Julio M. Camacho Armas; Nº EXPTE.: 2/00; MATRÍCULA: TF-7189-BK; POBLACIÓN: Los Llanos de Aridane; INFRACCIÓN: artículos 142.c) y 199.c) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 5.000 pesetas; HECHO: transportar mercancías careciendo de los rótulos obligatorios.
7. TITULAR: Santiago Delgado e Hijos, S.L.; Nº EXPTE.: 147/00; MATRÍCULA: GC-8247-BN; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; INFRACCIÓN: artículos 141.c) Ley 16/1987, y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO: realizar un transporte privado complementario de mercancías sin que el conductor guarde relación laboral con la empresa titular de la tarjeta de transporte.
8. TITULAR: Wilhelm Simmermann; Nº EXPTE.: 59/00; MATRÍCULA: TF-7612-B; POBLACIÓN: Los Llanos de Aridane; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar un transporte público de viajeros careciendo de tarjeta de transporte.
9. TITULAR: Luis M. Torres García; Nº EXPTE.: 56/00; MATRÍCULA: TF-4515-AG; POBLACIÓN: San Cristóbal de La Laguna; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar un servicio público de mercancías careciendo de tarjeta de transporte.
10. TITULAR: Julio M. Camacho Armas; Nº EXPTE.: 1/00; MATRÍCULA: TF-7189-BK; POBLACIÓN: Los Llanos de Aridane; INFRACCIÓN: artículos 140.a) y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar transporte de mercancías careciendo de tarjeta de transporte.
11. TITULAR: Dionisio Rodríguez Paz; Nº EXPTE.: 135/00; MATRÍCULA: TF-1825-X; POBLACIÓN: Garafía; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de tarjeta de transportes en vigor.
12. TITULAR: José Reyes Pérez; Nº EXPTE.: 80/00; MATRÍCULA: TF-0349-O; POBLACIÓN: Santa Cruz de La Palma; INFRACCIÓN: artículos 141.b) Ley 16/1987, y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo el conductor de relación laboral con el titular de la tarjeta de transporte.
13. TITULAR: María Belén de Paz García; Nº EXPTE.: 106/00; MATRÍCULA: TF-9050-AM; POBLACIÓN: Breña Alta; INFRACCIÓN: artículos 140.a) Ley 16/1987, y 190.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar transporte privado complementario careciendo de tarjeta de transporte.
14. TITULAR: José R. Hernández Alonso; Nº EXPTE.: 72/00; MATRÍCULA: TF-74920; POBLACIÓN: Garafía; INFRACCIÓN: artículos 142.a) Ley 16/1987, y 199.a) del Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO: realizar un transporte público de mercancías careciendo de tarjeta de transporte en vigor.
Santa Cruz de La Palma, a 23 de marzo de 2001.- El Presidente, José Luis Perestelo Rodríguez.
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