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BOC Nº 046. Viernes 13 de Abril de 2001 - 572

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

572 - Dirección General de Centros.- Corrección de errores de la Resolución de 21 de febrero de 2001, por la que se convocan pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica (B.O.C. nº 30, de 7.3.01).

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Advertidos errores en la Resolución de 21 de febrero de 2001, por la que se convocan pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica (B.O.C. nº 30, de 7.3.01), con arreglo a lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), es necesario proceder a su subsanación, por lo que, en uso de las atribuciones que me son propias, de conformidad con el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre,

R E S U E L V O:

Proceder a las correcciones de los errores advertidos en la Resolución de 21 de febrero de 2001, por la que se convocan pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica (B.O.C. nº 30, de 7.3.01), de tal forma que:

- En el apartado 3.c), donde dice:

Certificación de haber cursado un Programa de Garantía Social en la modalidad de Iniciación Profesional.

Debe decir:

Certificación de haber cursado o estar cursando un Programa de Garantía Social, en cualquier modalidad.

- En el apartado duodécimo, donde dice:

"Tanto las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio como las de Grado Superior se celebrarán el día 2 de junio de 2000, a las 9,00 horas, en cada una de las sedes".

Debe decir:

"Tanto las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio como las de Grado Superior se celebrarán el día 2 de junio de 2001, a las 9,00 horas, en cada una de las sedes".

- En el apartado decimoctavo, donde dice:

Los aspirantes que se encuentren cursando un Programa de Garantía Social en el presente curso 2000/2001 deberán acreditar tal circunstancia mediante certificación que deberán presentar en el momento de la inscripción y, posteriormente, el día 8 de junio certificación de haber superado dicho Programa de Garantía Social, que deberán presentar en la secretaría del centro en que se celebre la prueba, para su entrega ese mismo día, al Presidente de la Comisión Evaluadora.

Debe decir:

Los aspirantes que se encuentren cursando un Programa de Garantía Social en el presente curso 2000/2001 deberán acreditar tal circunstancia mediante certificación que deberán presentar en el momento de la inscripción y, posteriormente, antes del día 8 de junio certificación relativa al grado de aprovechamiento con el que se ha cursado el Programa de Garantía Social, que deberán presentar en la secretaría del centro en que se celebre la prueba, para su entrega ese mismo día, al Presidente de la Comisión Evaluadora.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de marzo de 2001.- El Director General de Centros, Juan Magdalena Darias.

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