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BOC Nº 045. Miércoles 11 de Abril de 2001 - 563

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

563 - ORDEN de 2 de marzo de 2001, por la que se acuerda la entrega de carreteras de nueva construcción al Cabildo Insular de Gran Canaria, para el ejercicio de competencias delegadas.

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Mediante Decreto 162/1997, de 11 de julio, fueron delegadas a los Cabildos Insulares, en relación con las carreteras de interés regional, determinadas funciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Asimismo, en los anexos del citado Decreto se contemplaron los medios personales, materiales y recursos económicos que se traspasaban para el ejercicio de las funciones delegadas.

Finalmente, en las correspondientes actas de entrega y recepción, cuya formalización determinó la efectiva asunción de las competencias delegadas, se relacionaron las carreteras existentes titularidad de esta Administración Autonómica respecto de las que se habrían de ejercer las funciones delegadas.

La construcción por parte de esta Administración de nuevas carreteras de interés regional en la isla de Gran Canaria, sobre las que el Cabildo Insular ha de proyectar el ejercicio de las competencias ya delegadas, determina la necesidad de articular un nuevo acto formal de entrega y recepción que posibilite la efectiva puesta a disposición del Cabildo Insular de Gran Canaria de las nuevas vías, en los términos previstos en el citado Decreto 162/1997, de 11 de julio.

En tal sentido, la Disposición Transitoria Tercera de la referida norma prevé que: "Los fondos que se transfieran a los Cabildos Insulares para el ejercicio de las competencias delegadas, habrán de ser objeto de revisión en los supuestos en que se produzca una ampliación o modificación de la red de las carreteras titularidad de la Comunidad Autónoma".

Tal revisión exige, a su vez, el previo cálculo de las dotaciones precisas que han de acompañar la adscripción de estas nuevas vías, de acuerdo a los criterios consignados en el Decreto 162/1997, de 11 de julio, y Decreto 43/1997, de 20 de marzo.

A tales efectos, con fecha 11 de diciembre de 2000, tuvo lugar reunión entre el Cabildo Insular de Gran Canaria y este Departamento, de cuya celebración fue levantada acta en la que, suscrita por las partes interesadas, se determinaron los créditos a transferir como consecuencia de esta nueva entrega de vías, así como los criterios utilizados para su valoración, de acuerdo con lo contenido en el informe de la Dirección General de Obras Públicas de fecha 15 de diciembre de 2000 (anexo I a la Orden).

En su virtud, y previa conformidad del Cabildo Insular de Gran Canaria,

D I S P O N G O:

1. Formalizar, en los términos previstos en el apartado 3 de la presente Orden, la entrega al Cabildo Insular de Gran Canaria de las siguientes vías:

- Nueva Carretera Santa María de Guía-Gáldar-Agaete.

- Autovía de Circunvalación a Las Palmas de Gran Canaria. 1ª fase.

- Tramo Hoya de la Plata-Potabilizadora (Túnel de Adolfo Cañas).

- Variante de Tafira.

2. Asimismo, como consecuencia de dicha entrega se adscribirán al Cabildo Insular de Gran Canaria los medios y recursos que a continuación se señalan:

BIENES INMUEBLES:

- Centro de Control Túnel Adolfo Cañas (Edificio e Infraestructura de Control), ubicado en la GC-1 p.k. 1 + 120 Las Palmas de Gran Canaria.

CRÉDITOS:

- Proyecto 01711102 Compensación incremento coste gastos extraordinarios (12 meses de explotación).

- Explotación Carreteras.

- Capítulo VII, 190.000.000 de pesetas.

Dicha cantidad corresponde a todo el ejercicio 2001 y será minorada en proporción al tiempo transcurrido al momento de hacerse efectiva la entrada, conforme a la fecha de suscripción de la correspondiente acta.

3. La adscripción de los recursos y medios señalados en el apartado anterior estarán sujetos al mismo régimen normativo que los traspasados al Cabildo Insular de Gran Canaria por medio del Decreto 162/1997, de 11 de julio.

4. Asimismo, los créditos que conforme al apartado anterior sean asignados se consignarán cada año en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias a favor del Cabildo Insular de Gran Canaria, sin perjuicio de su actualización y revisión conforme a la normativa vigente en materia de delegación.

5. No obstante lo anterior, el Cabildo y la Comunidad Autónoma llevarán a cabo las gestiones oportunas para municipalizar o, en su caso, desafectar si fuera posible, aquellos tramos de carreteras sustituidos por las nuevas vías que dejen de ser necesarios para la accesibilidad insular. En tal caso, la asignación económica ordinaria correspondiente será minorada una vez concluida la municipalización o desafectación, en la parte proporcional a la longitud de vía desafectada.

6. La entrega de las vías señaladas en el apartado 1 surtirá efecto una vez suscrita por el Cabildo Insular de Gran Canaria y este Departamento la correspondiente acta de recepción y entrega.

7. Dar cuenta de la presente Orden al Gobierno de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de marzo de 2001.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,

VIVIENDA Y AGUAS,

Antonio Ángel Castro Cordobez.

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