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BOC Nº 038. Lunes 26 de Marzo de 2001 - 1043

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

1043 - ANUNCIO de 5 de febrero de 2001, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador en materia de transportes.

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Providencia de 5 de febrero de 2001, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de transportes.

Órgano competente para resolver y norma que le atribuye competencia: Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote según Decreto 159/1994, de 21 de julio (B.O.C. nº 92, de 28.7.94), de Transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable, y artículo 34.1.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Que se ha nombrado Instructor de los expedientes sancionadores a D. Pedro M. Fraile Bonafonte, que podrá ser recusado conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artº. 210 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, y en el artículo 13, apartado 2º, del Reglamento del Procedimiento Sancionador, en relación con lo dispuesto en el artículo 16.1 del mismo Reglamento, los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Providencia, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que en el supuesto de no presentar alegaciones la Resolución de iniciación podrá ser considerada Propuesta de Resolución con los efectos que le atribuyen los artículos 18 y 19 del citado texto normativo.

1) TITULAR: Roland Gerhard Eister; Nº EXPTE.: GC-30839-O-00; POBLACIÓN: Tinajo (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-4908-BX; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 109 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; Decreto 53/1999, de 8 de abril; CUANTÍA: cien mil (100.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público discrecional de viajeros, en vehículo de menos de 9 plazas, careciendo de autorización administrativa.

2) TITULAR: Talleres Vitema, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30564-I-00; POBLACIÓN: Santa Lucía (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-1303-CF; INFRACCIÓN: artículos 103, 141.b) y 142.m) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: veinticinco mil (25.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

3) TITULAR: A.G.E. Hijos, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30842-I-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-1320-BT; INFRACCIÓN: artículos 141.i) y 142.m) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artº. 198.j) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: transportar exceso de peso del 28% en transporte privado complementario de mercancías.

4) TITULAR: Comercial Anher, S.A.; Nº EXPTE.: GC-30838-O-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-1170-AG; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas y precinto del vehículo durante tres meses; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

5) TITULAR: Ismael y Mariano, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30530-I-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-8558-BS; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

6) TITULAR: Garden Care, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30724-O-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-4562-BY; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

7) TITULAR: Garden Care, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30715-O-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-4288-AY; INFRACCIÓN: artículos 103, 141.b) y 142.m) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: veinticinco mil (25.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

8) TITULAR: Sureca, S.A.; Nº EXPTE.: GC-30837-O-00; POBLACIÓN: Telde (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-8678-M; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

9) TITULAR: Bus Leader, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30452-O-00; POBLACIÓN: Puerto del Rosario (Fuerteventura); MATRÍCULA: GC-4589-BV; INFRACCIÓN: artº. 142.l) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artº. 199.m) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cuarenta y seis mil (46.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: carecer del libro de ruta en transporte público discrecional de viajeros.

10) TITULAR: Feria, S.A.; Nº EXPTE.: GC-30734-O-00; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2890-AC; INFRACCIÓN: artículos 103 y 142.a) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 199.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: quince mil (15.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización administrativa, cumpliendo los requisitos exigidos para su otorgamiento.

11) TITULAR: Pablo Bermúdez Mosegue; Nº EXPTE.: GC-30639-O-00; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-6856-BF; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

12) TITULAR: Alberto Juan Herrera Rodríguez; Nº EXPTE.: GC-30651-I-00; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2901-BF; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

13) TITULAR: Ramón Ortiz González; Nº EXPTE.: GC-30697-O-00; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-6636-Y; INFRACCIÓN: artículos 103, 141.b) y 142.m) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: veinticinco mil (25.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

14) TITULAR: Rustilanza, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30752-I-00; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-8480-BZ; INFRACCIÓN: artículos 140.c) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artº. 197.c) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: ciento veinticinco mil (125.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: transportar exceso de peso del 59% en transporte privado complementario de mercancías.

15) TITULAR: Avia Car, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30832-I-00; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-3372-BU; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 109 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; Decreto 53/1999, de 8 de abril; CUANTÍA: cien mil (100.000) pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público discrecional de viajeros, en vehículo de menos de 9 plazas, careciendo de autorización administrativa.

Arrecife, a 5 de febrero de 2001.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.

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