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BOC Nº 038. Lunes 26 de Marzo de 2001 - 1029

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

1029 - Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 1 de febrero de 2001, que notifica a José Antonio López García, en ignorado paradero, la denegación de la subvención solicitada al amparo de la Orden de 18 de mayo de 1999.

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Habiéndose intentado sin éxito la práctica de la notificación de requerimiento en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en uso de las facultades que me confiere la vigente legislación,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a José Antonio López García, la Resolución nº 88, de 14 de febrero de 2000, en los términos que a continuación se expresan:

"A la vista de la solicitud presentada por José Antonio López García, para la concesión de una subvención directa al amparo de la Orden de 18 de mayo de 1999.

Considerando que la actividad de la empresa no queda englobada dentro de los sectores subvencionables establecidos en la base quinta de la Orden de 18 de mayo de 1999.

Vistos las Órdenes de 18 de mayo y 30 de noviembre de 1999, el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen ayudas para la pequeña y mediana empresa y demás legislación aplicable al caso, por la presente,

D I S P O N G O:

Denegar a la empresa José Antonio López García una subvención por no encontrarse la actividad de dicha empresa dentro de los sectores subvencionables, según lo previsto en la base quinta de la Orden de 18 de mayo de 1999, por la que se convoca la concesión de subvenciones directas a Pymes del sector terciario y se aprueban las bases que regirán la misma.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación; haciéndole saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo."

Segundo.- Remitir la presente al Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, para su publicación en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de febrero de 2001.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.

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