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BOC Nº 038. Lunes 26 de Marzo de 2001 - 1021

IV. ANUNCIOS - Anuncios de contratación - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1021 - Secretaría General Técnica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 5 de marzo de 2001, que adjudica, por el procedimiento negociado sin publicidad, el servicio consistente en el desarrollo del software de aplicación de programación para el cálculo de plantilla del personal docente, pruebas de acceso y adaptación de las adjudicaciones de plazas a los alumnos de ciclos formativos de grado medio y superior (financiación fondos Feder).

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Examinado el expediente tramitado para la contratación del servicio consistente en el desarrollo del software de aplicación de programación para el cálculo de plantilla del personal docente, pruebas de acceso y adaptación de las adjudicaciones de plazas a los alumnos de ciclos formativos de grado medio y superior (financiación fondos Feder), por procedimiento negociado sin publicidad.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Que mediante Resolución de fecha 20 de febrero de 2001, se aprobó el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación, así como la realización de un gasto máximo de 12.000.000 de pesetas (72.121,45 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 01.18.02.421A.640.03, Proyecto de Inversión 94618E02 "Equipos Procesos de la Información"(financiación fondos Feder) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2001.

2º) Que finalizado el plazo de presentación de proposiciones, consta en el expediente escrito, de fecha 28 de febrero de 2001, de calificación de la documentación presentada por la empresa General de Software de Canarias, S.A., conteniendo toda la documentación exigida en la cláusula 13 del Pliego de Bases que rige la presente contratación.

3º) Que la oferta económica presentada por la empresa General de Software de Canarias, S.A. asciende a un importe total de 12.000.000 de pesetas (72.121,45 euros).

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Lo dispuesto en el artículo 210 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto a la adjudicación de los contratos por procedimiento negociado sin publicidad.

Segunda.- Lo previsto en el artículo 1 de la Orden de 15 de enero de 1992, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se delegan atribuciones en distintos titulares de Centros Directivos del Departamento.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

1º) Adjudicar, por el procedimiento negociado sin publicidad, el servicio consistente en el desarrollo del software de aplicación de programación para el cálculo de plantilla del personal docente, pruebas de acceso y adaptación de las adjudicaciones de plazas a los alumnos de ciclos formativos de grado medio y superior (financiación fondos Feder), por importe de 12.000.000 de pesetas (72.121,45 euros), a favor de la empresa General de Software de Canarias, S.A.

2º) Requerir a la indicada empresa para que en el plazo de quince días hábiles, contados desde la notificación de la presente, constituya a disposición de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la garantía definitiva ascendente al 4% del importe de adjudicación, y cuyo importe es de 480.000 pesetas (2.884,86 euros).

3º) Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, a interponer en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 2001.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.

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